Como te dicen por aquí, las ayudas a la dependencia no computan como ingresos y no se descuentan para el IMV. En cambio las ayudas a la discapacidad, sí computan y se descuentan.
Olvidate de poner quejas y te diría que hasta de citas en la SS que no sirven para nada.
Presenta directamente una Reclamación Previa alegando que NO ESTAS NI HAS ESTADO DE ALTA EN NINGUNA RESIDENCIA. Que sí que percibes esa ayuda por discapacidad. Aporta la resolución que nos has fnviado. Y que te informen el nombre y ubicación de esa residencia que el INSS menciona como causa de denegación.
Tienes 30 días hábiles o sea aprox. 6 semanas para presentar esa reclamación previa desde que te notificaron la denegación.
Y si a las 9 Semanas desde que presentes la reclamación no te han respondido pides abogado de oficio en el colegio de abogados dentro de los 30 días hábiles siguientes de nuevo. Para presentar demanda judicial.
Hazlo todo dentro de esos plazos. Si no, habrá caducado tu derecho y tendrías que pedir nueva solicitud