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Cerrar un pub

3 respuestas
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#1

Cerrar un pub

Hola a todos.Tengo una duda,voy a cerrar mi bar de copas por que no saco para los gastos mínimos.
La maquinaria es mía y no quiero dejarle nada al dueño del local por que es un pesetero y mi pregunta es a que tengo derecho a llevarme cuando marche ya que el contrato no pone nada de maquinaria pero que es mía por que le pague traspaso en su día.
Puedo llevarme los cables de los altavoces que los puse yo y todo lo que se pueda desmontar y por ultimo el contrato se me acaba en febrero del 2015 y quiero dejarlo en agosto.
Puede obligarme a acabar el contrato o no.No le quiero pagar un par de meses por que en la renovación del primer contrato se quedo con la fianza y no quiero que me vuelva a pasar.
La fianza esta también para eso no?.Gracias.

#2

Re: Cerrar un pub

Buenas,

si la maquinará es tuya no hay problema te la puedes llevar perfectamente. Pero otra cosa es tener derecho a llevartela por haber firmado un simple traspaso del negocio.

Haber pagado por el traspaso no te la el derecho de llevárte las existencias, la maquinaría, a no ser que se haya incluido en el contrato.

Traspasar un local de negocio es cederlo a otra persona, mediante precio y sin el género; Mediante el contrato de traspaso de local, el adquiriente se convierte en inquilino, subrogándose en los derechos y obligaciones del contrato.

Asimismo, el género que haya en el local, el mobiliario y existencias, es independiente del traspaso y las partes pueden negociarlo como quieran.

En cuanto al fin del contrato, el propietario del pub es el que decide si quiere finalizarlo o no, porque tú has formado con él una especie de permanencia. Lo que puedes hacer es buscar a alguien que lo quiera coger y finalizar el contrato con el propietario.

Un saludo.

#3

Re: Cerrar un pub

Gracias Antonia.Eso es la clave que alguien lo quiera coger,pero en estos tiempos es casi imposible.

#4

Re: Cerrar un pub

Efectivamente, haber pagado un traspaso no te da derecho a desmantelar el local. Lo que tú hayas instalado con posterioridad a esa firma, sí te lo puedes llevar, pero sin ocasionar desperfectos.

EL haber pagado un traspaso, te da derecho a cobrar ahora un traspaso a un potencial nuevo inquilino, que deberías buscar y tener las suerte de encontrar.

Respecto a la duración del contrato, tienes que atenerte a lo firmado en el contrato, revísalo. Allí debe indicarse si es o no de obligado cumplimiento y cuales serán las consecuencias de incumplirlo. Mírate el contrato y en última instancia, si no te queda más remedio, negocia con el casero pesetero.

La fianza no está "para eso", para dejar de pagar dos meses. La fianza es una garantía en depósito para cubrir posibles desperfectos que se hubieren producido durante tu ocupación (legal) del establecimiento. Una vez finiquitado el contrato y devolviendo la posesión al propietario, éste verificará que todo se halla en buen estado de uso (o al menos en el mismo en el que se te entregó) y procederá a devolverte la fianza, pasados unos 30 días.

Cosa bien distinta es lo que finalmente decidas hacer y que ello tenga o no consecuencias legales para tí, que yo creo que no las tendría, pero estaría a todas luces mal hecho.

Suerte!

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