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Compatible modulos y estimacion directa ??

3 respuestas
Compatible modulos y estimacion directa ??
Compatible modulos y estimacion directa ??
#1

Compatible modulos y estimacion directa ??

Buenas tardes , a continuación expongo mi caso a ver si me puede ayudar alguien:
_tres tiendas al por menor
_titular de las tres tiendas mi mujer como Autónoma
_yo autónomo colaborador en una de las tiendas.
_funcionando todo en módulos.

Durante este año excederemos límite para tributar por módulos. ¿Es compatible k yo ponga una de las tiendas a mi nombre en módulos y mi mujer cree una s.l. con estimación directa en las otras dos tiendas, y ahorrar de esta forma en mi factura fiscal? Cualquier otra sugerencia o ayuda sera muy agradecida . muchísimas gracias

Copio el tema desde foro fiscalidad , donde no he obtenido respuesta .

#2

Re: Compatible modulos y estimacion directa ??

Buenas!

Como sabrás los métodos de estimación directa y módulos son incompatibles para un mismo autónomo. En mi opinión (que no es la de experto ni mucho menos) tendrías que darte de alta tú como autónomo y la empresa que menos facture la pones por módulos ya que no podrías ser autónomo colaborador y dueño de la empresa, tendría que ser tu mujer. En cuanto a que tu mujer cree una SL, siendo autónoma también puede tributar por estimación directa, por qué vas a cambiar? Igual no os interesa: https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/2722204-autonomo-sociedad-limitada-principales-ventajas-desventajas

#3

Re: Compatible modulos y estimacion directa ??

La verdad no se el cual es el motivo por el que me recomiendan una s.l. ¿puede ser que tenga algun impedimento por ser la misma actividad dentro del matrimonio ? Muchas gracias por su ayuda.

#4

Re: Compatible modulos y estimacion directa ??

Es verdad! No había pensado lo de la misma actividad. La ley dice que si existe una dirección común de tales actividades, compartiéndose medios personales o materiales (como en el matrimonio) y las actividades económicas desarrolladas sean idénticas o similares se considera que forman un grupo empresarial y si el volumen total de operaciones conjuntas supera los límites de la estimación objetiva, quedaríais excluidos.

Pero esto significaría que no puedes tributar por el régimen de estimación objetiva, no que tengas que crear una SL. El tema de la SL será porque os saldrá fiscalmente mejor según vuestra facturación.

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