No entiendo exactamente tu consulta en lo que respecta a los autónomos, pero te comento que el IVA reducido del 4% lo aplican a todas las personas con discapacidad para la adquisición de determinados bienes y servicios:
- La adquisición de vehículos adaptados, sillas de ruedas, autotaxis o autoturismos especiales destinados a ser utilizados para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas, así como vehículos a motor que deban transportar habitualmente a personas con movilidad reducida, siempre que se cumplan unos requisitos.
- Los servicios de reparación de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida y en sillas de ruedas.
- Los servicios de adaptación de una serie vehículos para personas con discapacidad y movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos.
- La compra de prótesis, ortesis e implantes internos.
- A los siguientes servicios prestados por establecimientos privados a personas en situación de dependencia: teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial.