Soy padre de familia de dos hijas de 7 y 11 años. Soy miembro del APA (Asociacion de padres de la escuela). Quienes pertenecemos a ella tenemos ciertas ventajas sobre los padres que no pertenecen: en caso de mas niños apuntados a una actividad extraescolar (actividad que hay que pagarla como sabreis todos los padres y madres que tenemos hijos en edad escolar) tienen preferencia los de la Asociacion, porque ademas de estar asociados y pagar una cuota, somos quienes organizamos las actividades extraescolares.
Algo parecido entiendo yo sucede con los asociados y los no asociados de AUSBANC. Lo que me parece totalmente logico. Lo contrario no tendría sentido.
Lo mismo que es diferente una consulta telefonica, gratuita para los abonados, y un acto de defensa judicial que requiere otro tipo de trabajo ( mas trabajo-tiempo, mas especifico, mas profesionalidad...).
Seguramente no estoy diciendo nada del otro jueves pero me parecia conveniente señalarlo. Y más cosas son de interes señalar. Por ejemplo la que cuento a continuacion.
Lo que es de agradecer es que hasta la fecha de hoy AUSBANC haya realizado de oficio cuantas gestiones ha llevado adelante y haya dedicado una persona cualificada para seguir el hilo de este foro ( no se si os habreis fijado pero muchas veces a metido horas extraordinarias lo mismo que lo hemos hecho otros ya que he podido seguir el hilo cuando he acostado a mis hijas- despues de las 22:00). Por esa aportación en tiempo, en ideas y en energias vaya por mi parte mi agradecimiento a telebank.
Sobre los comentarios que se estan realizando sobre la presentacion y otras consideraciones que tienen que ver con la interpretacion de la LSP (ley de suspension de pagos de 1922). Tengo intención de estudiarla en profundidad para opinar con conocimiento de causa. De todos modos quien lo desee no tiene sino, a traves de cualquier buscador (google, msn,...) escribir "ley de suspension de pagos leyes" en internet y descolgarsela, imprimirla y a leerla con detenimiento.
Un saludo