Sería muy positivo el apoyo de la asociación de afectados
Si antes señalábamos que toda suspensión de pagos es una forma más o menos justificada de "presionar" a los acreedores, lo cierto es que se convierte en un chantaje cuando los acreedores son simples depositantes de un banco y ese banco presenta dicha solicitud sin motivo, disponiendo de liquidez y con el único objetivo de haber cambiado de idea sobre el cese de las actividades.
La Ley de Suspensión de Pagos por la que ha tramitado el proceso de Eurobank está pensada para dilucitar situaciones "entre iguales", es decir, suspensiones de pagos en los que las partes, todas ellas, son comerciantes. No está pensada para proteger a los consumidores de actuaciones abusivas de los empresarios que pensaron beneficiarse de ellas, como es el caso de Eurobank. Tal cosa justificaría que el Juzgado avalara una decisión sin precedentes en el mes de julio de 2004 que es levantar la suspensión de pagos para reembolsar el 75 por cien de la deuda acreditada en la lista de acreedores. De entrada no se entiende muy bien que el proceso se hubiera sustanciado por la totalidad cuando podría en su caso haberse tramitado por el 25 por cien, habiendo devuelto ese 75 por cien cuando estaba disponible que era antes de finalizar el año 2003 en todo caso, o el 100 por cien a los depositantes y no hacerles pasar por una Ley que está pensada para Eurobank, el FGD o las mutuas de Eurobank.
En nuestra opinión, el chantaje planteado por Eurobank en forma de suspensión de pagos NO suficientemente motivada -COMO QUEDO ACREDITADO POR LOS INTERVENTORES JUDICIALES- a los consumidores hace que su voto en el proceso de aprobación del Convenio no hubiera sido libre, sino el producto de la presión indebida de no querer pagarles su dinero.
Por esta razón, planteamos que es el momento de reclamar a Eurobank los correspondientes daños y perjuicios causados por su lesiva decisión. Antes de poder responsabilizar a cualquier órgano supervisor del fiasco, hay que ir al final en la exigencia de responsabilidades a Eurobank, porque la Administración es siempre responsable en segundo término. No es posible exigir responsabilidades por la suspensión de pagos de Eurobank al Banco de España si antes no se le exigen al propio Eurobank, esto es algo obvio. Lo mismo ha sucedido en el caso Gescartera, que para poder responsabilizar a la CNMV, incluso a entidades financieras como Caja de Madrid por la actuación de alguno de sus directores, primero hay que ir al fondo del procedimiento contra la propia Gescartera.
En este momento por tanto, y antes de llegar a la reclamación judicial, existe una petición de amparo al Gobierno, acorde con la Ley, que sería muy positivo fuera apoyada por la asociación de afectados de Eurobank, por cuanto que el nombramiento de un presidente de la Comisión Liquidadora equilibraría el peso decisorio del FGD que ya se ha demostrado no es demasiado partidario de un trato preferente con los clientes afectados por Eurobank.