La juez no tiene ni idea, entonces?
&Quot;Lo segundo es falso, puesto que como prueba de que la ausencia de convenio en una suspensión de pagos conduce a la liquidación es que esto es así expresamente reconocido ahora en la nueva Ley Concursal: la antigua hablada únicamente de "sobreseimiento"."
Es decir: la inútil de la juez ha aplicado a esta suspensión la legislación anterior, cuando correponde la nueva. Pero como no lo han dicho antes??? Qué tonta la magistrada, no?