Yo creo que tenéis que hacer la declaración de la renta del año 2011 y estar a lo que resulte. Si sale a pagar no tenéis mas remedio que soltar los euros, pero tambien puede darse el caso de que os salga a devolver ya que las retenciones de la pension estarán calculadas sobre el total anual y realmente solo ha percibido 5/14 del total, por lo que podríais en este caso recuperar lo retenido de más.
Esa es la menos es mi opinion, y ahora una consulta propia; en mi familia tambien hemos tenido un fallecimiento durante el pasado año y me han encargado la realización de la correspondiente declaración. Al ver los datos fiscales hacienda figura que ha habido una "transmisión de derechos sobre bienes inmuebles" que se refiere a la vivienda de la que era titular el fallecido y que a esta fecha ha heredado ni esposa y un primo hermano al 50%.
Se ha hecho la testamentaria, el reparto y adjudicación de bienes y pagos de todos los impuestos, pero no se ha inscrito la vivienda en el Registro de la propiedad, ya que antes hay que inscribir una transmisión anterior, cosa que no se había hecho en su momento y mi pregunta es si esta "transmisión" hay que figurarla en algún apartado de la delación del IRPF del año 2011. Yo pienso que no, pero no lo tengo claro ( por supuesto mi esposa en su declaración figura esta vivienda, por los días que corresponde, incrementando su renta en la parte que corresponde.)
Gracias por vuestras respuestas.