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Rescate Plan Pensiones

5 respuestas
Rescate Plan Pensiones
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Rescate Plan Pensiones
#1

Rescate Plan Pensiones

Se puede rescatar parte de un plan de pensiones en forma de capital y aplicar la reducción del 40% y rescatar el resto de igual forma (capital) al año siguiente o en más plazos (sin llegar a ser renta), rescatando el importe que vaya necesitando????

Gracias

#2

Re: Rescate Plan Pensiones

Yo creo que sí.

Saludos.

#3

Re: Rescate Plan Pensiones

Buenas:

Yo creo que en base al art 18.2 el cual establece que los rendimientos del trabajo del art 17.2a) (entre los cuales se encuentran los planes de previsión social privados) quedan excluidos de la reducción del 40% al rescatarlos en forma de capital. Del mismo modo se crea un régimen transitorio por la disp.transsiroria 12ª que permite aplicar dicha reducción a las aportaciones de los planes de prevision anteriores a 2007.

Un saludo.

#5

Re: Rescate Plan Pensiones

Si el primer rescate de un plan de pensiones, se realiza en forma de Capital(asi como de uno de los varios que se tenga), con aportaciones anteriores al 31-12-2006 que son los que permiten la reduccion del 40%, los posteriores rescates en ejercicios posteriores no permiten la aplicacion de esta reduccion del 40% y tributaran por la totalidad rescatada.

Por tanto, solo los saldos consolidados de las aportaciones posteriores al 31-12-2006, son las unicas que son convenientes dejar para otros ejercicios , a las que pueden aplicarse la reduccion del 40% , es mas rentable el rescate en el mismo ejercicio para no perder esta reduccion.

No es necesario rescatarlo en el mismo ejercicio en que se puede disponer del plan , ya no existe la obligacion de los 6 meses que antes existia.

Saludos

#6

Re: Rescate Plan Pensiones

Gracias por la consulta Empty. Aunque lo que yo entiendo de ella es :

1) Biene a aclarar lo que dice la ley, mas o menos lo que digo en mi respuesta anterior y lo que dice Lunatico.
2) Que en caso de que se rescate tanto planes de pensiones como PPA´s en un mismo ejercicio procederá a su aplicacion en conjunto la reducción del 40%,pero siempre y cuando esos planes de pensiones se puedan acojer al régimen transitorio. Entiendo esto ya que primeramente dice "la posible aplicacion de la reduccion del 40 %...." y posteriormente algo asi como " el resto tributará sin la aplicacion de la reduccion".

Un saludo.