Hola Lunatico
En 2012 tuve pérdidas de RCM al vender un Bono, pero como compré de nuevo antes de 2 meses, no puedo imputar la pérdida. Pero aunque no pueda imputarla, tengo que declararla de alguna forma, no? Dónde y cómo?
O sea, en las ACCIONES (pérdidas patrimoniales) hay una casilla para marcar: """ no imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos""" pero en el RCM no la encuentro y ese es mi problema. No encuentro ninguna casilla para ello, a diferencia de las pérdidas patrimoniales que se pueden declarar (sin imputar)
La norma dice "" cuando el contribuyente hubiera adquirido activos homogéneos dentro de los dos meses.... se integrarán a medida que se transmitan...""
""a medida que se transmitan"" no entiendo qué significa:
--- que tengo que hacer una complementaria en el momento (p. ej. en agosto de 2013) que venda?
--- o que la imputo al año de la venta (2013).... en cuyo caso tendría que haberla declarado en 2012, no?
muchas gracias y un saludo