Re: Valor acciones en Impuesto Sucesiones
Cuando se heredan acciones cotizadas, el valor que toman estas acciones, para los herederos y para el Impuesto de Sucesiones, es el valor de cotización del día en que fallece el difunto.
Los herederos cuando sean propietarios de estas acciones tendrán como valor de fecha y adquisición, la fecha de la defunción.
Por tanto, las posibles plusvalía/minusvalías que tengas estas acciones en el momento del fallecimiento, dejan de existir, tienen por así decirlo un nuevo momento y valor de adquisición para los herederos.
Los fondos tendrán el valor de liquidación de ese mismo día del fallecimiento.
Las Cuentas y Depósitos el saldo del día del fallecimiento.
Los Inmuebles tomaran el valor asignado como mínimo en cualquier transacción, por la Comunidad Autónoma o superior que se ajuste al valor de mercado , obtenido mediante una tasación.
Por tanto si predominan las plusvalías, no tocar hasta su fallecimiento. Si se quiere obtener liquidez por cualquier circunstancia, es posible vender acciones sin coste fiscal, con las condiciones siguientes:
Las adquiridas antes del 31/12/1994 disponen de una exención por una norma conocida como "Coeficientes de abatimiento" y concretamente para que estén exentas al 100% (nula tributación) tienen que haberse adquirido antes del 31-12-1991.
Saludos