Retencion Profesionales cliente Navarra
Hola a todos,
Un colega me ha planteado una duda y la verdad es que no se que contestarle, me parece interesante y a ver si alguno nos puede ayudar con este dilema:
Un asesor en territorio común (La Rioja) emite sus facturas con el 21% de retención de IRPF. Le llama un cliente de Navarra aduciendo que en su comunidad (territorio foral) se retiene el 15% en lugar del 21% y solicinta que emita la factura con la retención a profesionales del 15%.
No se cual de las dos formas es la manera correcta de interpretar:
A) Hay que aplicar la retención propia de quien presta el servicio (La Rioja) ya que este es el Sujeto Pasivo del IRPF
B) Hay que aplicar la retención propia del obligado a retener (Navarra) ya que sobre el recae esa obligación.
Muchas gracias