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Retencion Profesionales cliente Navarra

4 respuestas
Retencion Profesionales cliente Navarra
Retencion Profesionales cliente Navarra
#1

Retencion Profesionales cliente Navarra

Hola a todos,

Un colega me ha planteado una duda y la verdad es que no se que contestarle, me parece interesante y a ver si alguno nos puede ayudar con este dilema:

Un asesor en territorio común (La Rioja) emite sus facturas con el 21% de retención de IRPF. Le llama un cliente de Navarra aduciendo que en su comunidad (territorio foral) se retiene el 15% en lugar del 21% y solicinta que emita la factura con la retención a profesionales del 15%.

No se cual de las dos formas es la manera correcta de interpretar:

A) Hay que aplicar la retención propia de quien presta el servicio (La Rioja) ya que este es el Sujeto Pasivo del IRPF

B) Hay que aplicar la retención propia del obligado a retener (Navarra) ya que sobre el recae esa obligación.

Muchas gracias

#2

Re: Retencion Profesionales cliente Navarra

Yo tengo la misma duda pero al revés. Un navarro emite la factura a un cliente de Madrid pero con el 15% de retención. Son facturas de más de 20.000€ Lo hace con el 15%, según la fiscalidad navarra pero no sabe si lo hace bien.

#3

Re: Retencion Profesionales cliente Navarra

En el caso del asesor con residencia en territorio común la retención es del 21% (caso de Piqueras). Si tiene residencia en Navarra, la retención es del 15% (caso de julianmrdea).

#4

Re: Retencion Profesionales cliente Navarra

El profesional que emite la factura y es el Sujeto Pasivo del IRPF, debe aplicar la norma de su Comunidad Autónoma , con independencia de la norma que rija en la Comunidad del receptor y pagador de dicha factura.

El pagador y obligado retenedor, ha de ingresar la retención practicada en factura, que ya esta previamente deducida en Total de la Factura a Pagar, no tiene ninguna incidencia económica para el pagador, lo que no paga en factura lo ingresa en la Hacienda.

Saludos

#5

Re: Retencion Profesionales cliente Navarra

Entiendo que el pagador y obligado retenedor ingresa en hacienda (territorio común) el 15% según la norma de la hacienda navarra. Pero, se hace extraño que el irpf a cuenta que se debe declarar en la hacienda navarra se reciba en la central.