Tributación venta derechos sobre acciones
Estoy leyendo el Proyecto de Ley 121 sobre la reforma tributaria y me llama la atención en el punto 21 que modifica el artículo 37 de la Ley IRPF, dice textualmente: "El importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción preferente procedente de estos valores, tendrán la consideración de ganancia patrimonial para el transmitente en el período impositivo en que se produzca la citada transmisión".
Pues bien, yo interpreto que a partir de 2015 la venta de derechos ya no minorarán el precio de adquisición de las acciones de las que provienen, sino que van directamente a la base del ahorro como ganancia patrimonial. Y entiendo que por ejemplo el Banco Santander mantiene 0.60 euros por acción, la venta de los derechos tributa directamente en el año que se produce la venta de los citados derechos, y no como hasta ahora que no tributaba hasta que se vendían las acciones.
Simplemente necesito me aclareís si he leído bien ó mal.
Muchas gracias