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Seguro ahorro/vida de 1991

4 respuestas
Seguro ahorro/vida de 1991
Seguro ahorro/vida de 1991
#1

Seguro ahorro/vida de 1991

Hola: Tengo contratado con Mapfre desde 02/1991 un seguro de Ahorro/Vida (pensiones revalorizable al 10%) con vencimiento al 02/2016, del que nunca me he deducido nada en la declaración de la renta. Me gustaría saber vuestra opinión profesional, en vista a la actual fiscalidad y la reforma que se avecina para el próximo ejercicio, si me interesa económicamente más, agotar el vencimiento o rescatarlo ahora antes de fin de año. Os pongo cantidades pagadas y garantizadas: al 08/2014, primas pagadas 43.419,60 / valor de rescate 73.234,56; al 02/2016, primas pagadas 46.280,58 / capital garantizado 82.811,71. Gracias por vuestras molestias.

#2

Re: Seguro ahorro/vida de 1991

Fiscalmente es mas rentable el rescatarlo en el 2014 , ya que tienes la Compensación Fiscal que te puede minorar la cuota en unos 3.200 euros ( en función de tus otras rentas, puedes calcularlo con el PADRE-2013), sobre los 7.350 euros que corresponden al beneficio de 29.815 euros a incluir en la Base del Ahorro, por tanto tendrías una cuota neta de 4.150 euros , un tipo medio del 14%.

Si lo dejas hasta el 2016, obtienes un mayor rendimiento de unos 6.716 euros ( 36.530-29.814) y cuando lo declares en el 2016 , no podrás aplicarte la Compensación Fiscal que según el Proyecto se suprime y tendrás una cuota de 7.550 euros, que corresponden al beneficio de 36.530 euros a incluir en la Base del Ahorro, el tipo medio seria del 20,67%.

El exceso de cuota en ambos casos es de 3.400 euros por un incremento de beneficio económico de 6.716 euros, este incremento de beneficio ocasiona un incremento de cuota del 51% ( 3.400/6.716).

Saludos

#3

Re: Seguro ahorro/vida de 1991

Gracias por tomarte la molestia de contestar. Veré también la posibilidad de reinvertirlo al vencimiento en otro producto o cobrarlo en forma de renta. Gracias.

#4

Re: Seguro ahorro/vida de 1991

Los productos a reinvertir para no tributar por las plusvalías, no están claramente definidos, hasta ahora están claros los Fondos de Pensiones y las Rentas Vitalicias.

El cobro en forma de renta no es contemplado en este caso ya que tributa por la diferencia entre el valor de rescate y las cuotas pagadas, no es como los Fondos de Pensiones.

Saludos

#5

Re: Seguro ahorro/vida de 1991

Lunatico si que está contemplado, pues se transformaría en un PIAS y se beneficiaría de las desgravaciones fiscales de este producto. El seguro que tiene Cargaval cumple los requisitos para poder hacer esta transformación, de manera que la tributación será mucho menor.

Esto te lo aseguro pues ya he hecho alguna conversión de este tipo de producto, exactamente del mismo, y estoy precisamente estos días estudiando la forma de cobro de otros dos PSJ 10%, denominación comercial del producto de Cargaval.

Saludos

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