Re: Tributación de inmueble en nuda propiedad
MUCHAS GRACIAS- Si mi madre tubiese que hacer la declaración sería la vivienda habitual ,no llega a los 1000 euros ni con mucho.SALUDOS Y GRACIAS DE NUEVO
MUCHAS GRACIAS- Si mi madre tubiese que hacer la declaración sería la vivienda habitual ,no llega a los 1000 euros ni con mucho.SALUDOS Y GRACIAS DE NUEVO
En mi caso, nuestro padre falleció en 2016, estaba en régimen de gananciales con mi madre, ella es usufructuaria universal vitalicia e hijos por partes iguales. Entiendo que ella tiene que declarar el usufructo del 50% de los inmuebles de los que era titular mi padre y nosotros (3 hermanos) el 16,66 % en nuda propiedad,o no es necesario que nosotros lo declaremos al no imputar rentas??
Solo declara el usufructuario (y el que tenga el pleno dominio claro), los nudo propietarios no se imputan nada en renta.
Un saludo
Y en cuanto a los intereses de bancarios, en el certificado emitido por el banco vienen los intereses de mi padre de todo el año 2016, no hasta abril (fecha fallecimiento). Cómo tendría que reflejarlo en la declaración de la renta, sumarle a mi madre lo generado después de la fecha de fallecimiento de mi padre?? o no influiría, pues ya está aplicada la retención??
Los rendimientos pagados hasta la fecha de fallecimiento deben imputarse a nombre del fallecido, y los pagados después, aunque hayan sido generados antes, a nombre de los herederos. Si hay usufructuario de la totalidad, es él el que se los imputa.
En tu caso al estar en gananciales, hasta la fecha de fallecimiento a cada cónyuge por mitad, desde esa fecha, todo el cónyuge vivo. No obstante, si hablamos de pequeños importes, se podría dejar tal cual aparezca en el certificado, sería lo mas fácil y lo mas normal es que no os dijeran nada.
Un saludo
Hola. Mi duda es si efectivamente en mi caso, tampoco tengo porqué añadir inmuebles que tengo en nuda propiedad, los cuales si que añadí en la declarasción del 2015 en el apartado de "Bienes inmuebles no sujetos a actividades económicas" Es decir:
Propiedad A: Sobre la que tengo un 33,33% en Nuda Propiedad, teniendo el 100% del usufructo otra persona. Esta vivienda estuvo alquilada durante 3 meses en 2015, pero estos beneficios y por lo tanto su tributación corresponden al usuafructuario, y así lo declara.
Propiedad B: Sobre la que tengo un 16,66% en Nuda Propiedad, teniendo Propiedad Plena del 50% y el usufructo 50% otra persona. Este bien estuvo alquilado todo el año 2015, pero estos beneficios y por lo tanto su tributación corresponden también al usufructuario.
Propiedad C: Sobre la que tengo un 16,66% en Nuda Propiedad, teniendo Propiedad Plena del 50% y el usufructo 50% otra persona, la cual reside en esta a modo de vivienda habitual.
Para el 2016 los datos se mantienen pero además, según he visto la nuda propiedad tiene inicio de efecto a mediados de septiembre de 2015.
¿Es correcto que no debía ni debo incluirlos? ¿Como puedo solicitar la devolución del importe gravado por estos?
Gracias, saludos.
Es decir, sobre un mismo inmueble tengo que hacer dos imputaciones de renta, 50 % propietario (todo el año) y 50 % usufructuario (en este caso indicando los días desde fecha siguiente a fallecimeinto hasta 31-12)??
Si, se da de alta dos veces y se rellena tal como dices.
Un saludo
Los nudo propietarios no deben imputarse nada, por lo que no aparecen esos inmuebles en su declaración.
Puedes solicitar la devolución de ingresos indebidos aportando la documentación jusitificativa.
Un saludo
Hola, soy propietario del 20% de una casa (el 80% restante pertenece un 20% a cada uno de mis 4 hermanos, no es vivienda habitual) y ademas soy usucfrutuario del 100% de la misma, ¿tributo solo yo por el 100% de usucfruto y el 20% restante de cada hermano (yo incluido) no tributaría?, ¿es así o se deben tributar también mis hermanos por su 20%?
Hola, quisiera que me informaran sobre este problema que me ha surgido.
Al querer presentar la Declaración observo que en el Apartado: "Información sobre el proceso de incorporación de Datos Fiscales" me indica:
" Información Catastral de Inmuebles "UR".
No se ha incorporado algún inmueble por tratarse de una concesión administrativa derecho de superficie o nudo propietario a la página 5 de la Declaración ".
Como no tengo ninguna concesión administrativa pienso si se trata de un piso en el que tengo el 50% en nuda propiedad y figura en los datos fiscales pero que nunca he añadido en la Declaración puesto que no genera ingresos y es conocido por Hacienda (figura en los Datos Fiscales).
No sé si tengo que añadirlo en la Declaración, en Alta de Inmuebles, o hago caso omiso de ese aviso y presento la Declaración sin más.
Gracias por las respuestas.
Si lo tienes en nuda propiedad, no se mete ya que sus posibles rendimientos y/o imputaciones los declara el usufructuario. Así, que, ni caso.
Un saludo
Muchas gracias por su respuesta.