Prpuesta de Liquidación de Recargo
Buenas días a tod@s
En el 2008 me di de alta en una Cooperativa, cuyo nombre voy a obviar. En el año 2010 decidí darme de baja porque veía que las cosas no iban por buen camino. Como me desgravé en las declaraciones del año 2009, 2010 y 2011. Uno de los errores fue haberme desgravado en 2011 de lo que aporté en 2010, cuando en 2010 me di de baja, pero bueno... Uno va aprendiendo cosas durante el transcurso de la vida... En el 2011 me compré una nueva vivienda libre
Me devolvieron el dinero en el mes de marzo del presente año y al otro día hice la complementaria del año 2011. Al realizar dicha complementaria, en el programa padre del 2011, en la parte donde se hace el cálculo de los intereses de demora, en campo "Fecha final:" puse la fecha más alta que me permitía el programa padre, es decir, el 31/12/2012, con la finalidad de pagar lo más posible de intereses en dicha complementaria, para que en la propuesta que me viniera de Hacienda pagara menos intereses de demora. Si no recuerdo mal, podía haber puesto como fecha mínima el 03-05-2012 y, por tanto, me hubiera ahorrado 7 meses y pico de intereses de demora, no?
Ahora, me acaba de llegar la propuesta de liquidación de recargo por presentación fuera de plazo de autoliquidación, con un recargo de un 20 %. Es esto correcto? Me imagino que sí...
El recargo del 20% me lo hacen sobre el importe total que aboné a Hacienda, pero si en la casilla que he indicado más arriba, hubiera puesto una fecha inferior, obviamente, el 20% de recargo hubiera sido sobre una cantidad inferior. Es decir, que por actuar de buena fe, y poner la fecha máxima posible, me están haciendo el cálculo sobre un importe que no considero justo.
Además, para el cálculo de los intereses de demora, también me los realizan sobre el importe total, cosa que tampoco considero justa, porque si hubiera puesto una fecha inferior, dichos intereses también serían menores. Los cálculos de los intereses de demora, me los realizan desde el 03-07-2013, porque, me imagino, que al ser la presentación después de los 12 meses y hacerme el recargo del 20%, en ese periodo, es decir, del 02-07-2012 hasta el 02-07-2013, no me los están cobrando, aunque, realmente una parte sí, porque desde el 02-07-2012 hasta el 31-12-2012 ya los pagué en la complementaria...Vamos, que en ese periodo, pago el 20% de recargo y además pago los intereses desde el 02-07-2012 hasta el 31-12-2012. Creo que lo justo, para ambas partes, según entiendo yo, es que en la casilla indicada hubiera puesto 02-07-2012, no?
Espero haberme explicado...
Muchas gracias a tod@s
Saludos