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Comunidad de bienes con miembro no residente

24 respuestas
Comunidad de bienes con miembro no residente
Comunidad de bienes con miembro no residente
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#16

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

He consultado el manual y creo que no es necesario que se presente declaración por el no residente. Pág. 31 del manual:

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Empresario_individuales_y_profesionales/Folletos/IRNR_enero_2011.pdf

El 19% sería para residentes en la UE, salvo que exista convenio, si no hay Convenio ni es residente en el UE la retención sería de un 24%.

Por lo que entiendo la cosa quedaría así:

La ERAR le retiene lo procedente al no residente y, puesto que le ha abonado renta sujeta a retención, ya no estaría obligado a declarar nada.

#17

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Que quieres decir con ERAR?

#18

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Entidad en Régimen de Atribución de Rentas

#19

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Hola,

El manual al que haces referencias habla del 210, y yo me referia al 216 .

He intentado rellenarlo pero no entiendo , a ver si con un ejemplo me aclaro Ej; Propietarios de local por importe de 1.000 (retencion 19%=190) y vivienda por 2000 y vivienda no alquilada . Entonces como rellenar el modelo 2016.

RENTAS SOMETIDAS A RETENCION : serian el local, ( a pesar de que el inquilino ya ha ingresado la rentencion a traves del modelo 115, sin que estos conozcan quien hay un no residente) , entonces habria que liquidar por la diferencia (no residente en Inglaterra entonces 19% igual que la rentencion practicada en factura), si no fuera de la UE (240-190=50)

BASE DE RETENCIONES O INGRESOS A CUENTA (CASILLLA 2) 1.0000
RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA (CASILLA 3) 190-190= 0 euros (no residente UE)
240-190=50 euros a liquidar (no residente no de la UE)

Y RENTAS NO SOMETIDAS A RENTENCION

IMPORTE DE RENTAS..................................................................2.000

Para la no aqluilada nada ¡¡¡

DEbo entender que SE TIENE que presentar a pesar de no tener que liquidar nada en el caso de no residente de la UE?

Gracias

.

#20

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Por el local entiendo que eso es lo correcto, así Hacienda recibiría las retenciones que le corresponden y el no residente no estaría obligado a nada pues ya se le ha practicado retención a dichas rentas.

Por otra parte el inquilino a mi parecer lo ha hecho también bien, pues él retiene a la ERAR, que es quien se lo alquila, luego cuando esta haya de retener a sus socios ya lo hará adecuadamente.

Por la vivienda alquilada si bien el inquilino no practica retención alguna la ERAR sí que ha de practicar retención en sus pagos tanto a residentes como a no residentes, sin perjuicio que luego estos se puedan deducir lo retenido por la ERAR en su modelo 100/210.

Por la vivienda no alquilada lo único es que surgiría una imputación de rentas inmobiliarias que habría que considerar.

Respecto a presentar la declaración a pesar de que salga cero es correcto, es como si el IVA soportado y repercutido fuera el mismo, estás obligado a presentar para que Hacienda tenga control de lo que ha pasado aunque la cosa salga a cero.

Salvo mejor opinión.

#21

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Mebparece bien las respuestas, pero pongo en duda que la comunidad tenga que retener por el alquiler de la vivienda tanto de residente como de no residente , para ello la comunidad ya hace el modelo 184 dando la información que corresponda

#22

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Pero el modelo 184 es informativo y la ERAR tienen, además de la obligación de informar, obligación de retener por dichas rentas (Art. 75,.2.a) y 76.1.a) del Reglamento del IRPF). Aunque a ella no se le retenga nada por ser un particular el que paga ella sí que tiene obligación de retener a aquellos a los que pague.

Salvo mejor opinión.

#23

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Entonces en el ejemplo anterior del modelo 2016 , cuál serían las rentas no sujetas a retención?

#24

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Yo creo que lo que te está liando es que hay dos pagos (Inquilino a ERAR y ERAR a socios) y por tanto hay dos pasos:

Cuando pagan los inquilinos a la ERAR:
Ahí el que alquila el local, como es empresario o profesional, sí que ha de retener a la ERAR.
Por contra el que alquila el piso, como es particular, no tiene obligación de retener cantidad alguna.

Cuando la ERAR paga a los socios:
Ahí, en virtud de los arts. que te he dicho, ha de retener por todos los pagos que haga a sus socios no residentes; el alquiler del local, como ya ha sufrido toda la retención debida, no ha de retener más a los socios (sin perjuicio de que sí ha de presentar el modelo), por contra con el alquiler del piso, como este no ha sufrido retención alguna, sí que ha de retener todo lo debido para el no residente (dejándole así no obligado a declarar esa renta del piso), para el residente "No se considerará que una persona o entidad satisface rentas cuando se limite a efectuar una simple mediación de pago", por lo que no se le habrá de retener nada a este, pues entiendo que la ERAR actúa de mero intermediario en el pago.

Y piensa que esto son retenciones, luego cuando presenten el IRPF o IRNR todo se ajustará.

Salvo mejor opinión, que puedo estar equivocado en mi interpretación.

#25

Re: Re: Comunidad de bienes con miembro no residente

Gracias , como bien dices lo había interpretado mal. Qué susto por un momento pensé que había que presentar más modelos😥