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Devengo y pago efectivo de dividendos.

6 respuestas
Devengo y pago efectivo de dividendos.
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Devengo y pago efectivo de dividendos.
#1

Devengo y pago efectivo de dividendos.

Buenas tardes. Hoy, por ejemplo, BME anuncia el pago de un dividendo. Estamos a 29/12 y el abono efectivo se producirá ya en el año 2017. En el de Repsol con "scrip" pasará lo mismo.

Mi duda está en saber si esto corresponderá declararlo en la próxima declaración de renta o la siguiente. En el caso de Repsol, se pueden haber vendido derechos del scrip ya hace varios días, y los que opten al pago efectivo no cobrarán hasta de aquí unos diez días. Siendo el hecho impositivo el mismo, ? Correspondería la venta de derechos al ejercicio 2016 y el cobro en efectivo al 2017? Gracias.

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#2

Re: Devengo y pago efectivo de dividendos.

Entiendo que se declara el dividendo en el ejercicio que coincide con la fecha de su "Exigibilidad". El dividendo se acuerda siempre en Junta de Accionistas, y si no se dice nada en esa Junta, será exigible al dia siguiente de la toma del acuerdo.

Aparentemente es exigible el dividendo desde el dia 30 de 2016, y es un ingreso de este año. Independientemente que la empresa, por ejemplo, no tenga liquidez y no los pague hasta la semana que viene.

Por otro lado, el Script Dividend, es un dividendo que se percibe en acciones o derechos. Y las acciones solo tributan cuando se venden. Si las han vendido ya irá en este año. Entiendo que la fecha del devengo es cuando se vende, no cuando se cobra.

Salvo mejor opinion.

Salud

#3

Re: Devengo y pago efectivo de dividendos.

Gracias por tu respuesta Enrique, pero, -perdoname, sigo sin tenerlo claro. El tema es que a partir del 1\1\2017 las ventas de derechos procedentes de " scrips" cambian de tributación, ya no será como hasta la fecha (se posponia el la tributación hasta la venta de acciones y se consideraba el importe obtenido como menor coste de adquisición), por lo cual se da la paradoja que te intentaba explicar antes. Si yo he vendido los derechos en el 2016, entiendo que aminorar el coste de compra de mis acciones, sin embargo el que venda los derechos a partir del 1\1\2017 ya debe declarar lo obtenido como rendimiento.?Como es posible dos regímenes diferentes si el hecho impositivo es el mismo?

#4

Re: Devengo y pago efectivo de dividendos.

El hecho es el mismo, pero su devengo puede ser diferente. Cuando el mismo hecho se produce en un momento diferente, la fiscalidad también puede ser diferente. Por ejemplo, las ventas al día siguiente de subir el IVA.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Devengo y pago efectivo de dividendos.

Si,así es, a partir de una determinada fecha, 1 de enero 2017, cambia el tratamiento para un determinado producto. Dividendos.

Las buenas decisiones fiscales, tanto de la sociedad que lo reparte como del perceptor del dividendo, forman parte de la optimización fiscal, pues ya se sabía que el cambio se iba a producir.

Es como el cambio en la tributación sobre vivienda, a partir de una determinada fecha ya no te desgravas, en cambio es lo mismo, compras la vivienda igual.

¿es injusto?... puede ser. ¿Es politica fiscal?.

Salud

#6

Re: Devengo y pago efectivo de dividendos.

BME hizo ayer el pago efectivo del dividendo por lo que se declara en la renta del año que viene.

Yo entiendo que se declara cuando lo cobras, con Repsol por ejemplo no se declararía en este año ya que lo cobras en enero

#7

Re: Devengo y pago efectivo de dividendos.

Sigo manteniendo que el momento a tener en cuenta es el de la Exigibilidad. Y si en el Acuerdo de la Junta de Accionistas no se dice nada sobre el tema (lo que es habitual), es exigible por ley el dividendo al dia siguiente. Es decir, en este caso es exigible en 2016 y entra dentro de este año

Aqui, Consulta Vinculante y mención del artículo 94.1 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE del día 31)

http://www.asesoriayempresas.es/doctrinaadministrativa/JURIDICO/226139/consulta-vinculante-dgt-de-1-de-octubre-de-2013-irpf-cooperativa-financiada-mediante-prestamos

Si me gustaria conocer el argumento del "momento del cobro" mas a fondo (ya que me interesa personalmente), si hay datos legales o jurisprudenciales, se agradecen.

Salud

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