Re: Plusvalia edificio sin division horizontal
Buenas noches:
Este texto supongo creo que es de la Ley del ISD, ya que lo tengo guardado por la herencia recibida.
"En los casos en los que en la base imponible de una herencia que corresponda
al cónyuge, ascendientes (padres, abuelos…) o descendientes (hijos, nietos…)
del fallecido, o bien pariente colateral (hermano…) mayor de sesenta y cinco
años que hubiese convivido con el causante durante los dos años anteriores al
fallecimiento, se incluya la vivienda habitual de la persona fallecida se aplicará
una reducción del 95% sobre valor neto de la vivienda que va a la herencia,
con el límite de 123.000 € para cada sujeto pasivo, siempre que la adquisición
se mantenga, durante los cinco años siguientes al fallecimiento del causante,
salvo que falleciese el adquirente dentro de este plazo."
Ese párrafo indica como se genera la reducció: Una vez generada benefica a todos los herederos porque se descuenta de la base imponible de la herencia.
Te adjunto varios enlaces, espero que funcione, donde explican que la reduccion generada es para todos
http://impuestos-av.blogspot.com.es/2012/12/requisito-de-permanencia-de-la-vivienda.html
Es decir, un sujeto pasivo puede generar la deducción, con el límite correspondiente, pero dicha reducción se reparte entre todos.
Rescato un parrafo del último enlace, aunque hay varios.
"Vivienda habitual del causante adjudicada a los herederos por cuotas en la aceptación de la herencia. Se aplican todos ellos la reducción del 95%. En un momento dado, acuerdan extinguir dicha comunidad adjudicándose la vivienda uno de ellos, que compensa a los demás con dinero. Bueno pues, como la vivienda (o su valor) no se sale del "grupito", no pierden el derecho a la reducción. V0919-08."
En al caso que la vivienda tenga un menor valor que el limite de reducción de uno de ellos, todos participan de la reducción del 95 %.
Por ejemplo el limite de 123.000 €, una vivienda modesta no supera ese límite a efectos de sucesiones. Por lo cual , solamente es necesario que uno de ellos cumpla la condición para que la deducción les beneficie a todos.
En el caso de que una vivienda tuviera un valor de 300.000 €, si solo hay un heredero que cumple la condición solamente se deduce 123.000. Pero cada heredero participa de esa reducción, aunque no la genere.
Esto es una cosa clara, ya que si no puedieran participar, tendrían obligaciones pero no beneficios.
Para cualquier Hacienda Autonómica le da lo mismo, que esa cantidad se la deduzca uno solo o entre todos.
Saludos.