Re: Cuenta de valores para un menor...
Siento decir que la explicación no es del todo correcta, es algo incompleta, y eso que el foro al que pones enlace suele ser de lo más correcto.
En el caso de realizar declaración conjunta, los padres incluiréis en vuestra declaración las rentas de los hijos menores de edad, y os podréis aplicar los mínimos por descendientes correspondientes a cada uno de los que no superen los 8.000 euros de rentas anuales.
Pero en el supuesto de realizar declaraciones individuales, primero hay que ver si el hijo está obligado a presentar declaración (hay varios supuestos que he repetido en multitud de ocasiones). Pero en este caso, los padres sólo podréis aplicar el mínimo por descendientes si la declaración presentada por estos no tiene rentas superiores a 1.800 euros.
Para la declaración del hijo, lo mejor es que al abrir vuestra declaración en el programa PADRE, indiques que ese menor obtiene rentas. También podrás generar su fichero .100 desde esta declaración.
Saludos.