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Derecho de la ausencia por visita medica durante jornada laboral
Hola. Trabajo en una asociación de personas con discapacidad. Estoy contratada para 6 meses por un contrato de tipo Personas con discapacidad desde finales de enero. De tiempo parcial (4h) que no cuenta el descanso de 20 minutos los tengo que recuperar siempre que yo los haga en el descanso que segun que me dicen que tienen que ser 5 horas minimo para ser pagado el descanso de 20 minutos, pero este no es el tema, pero si me gustaria saber si esto es normal. El tema, es, ¿si tengo derecho a una retribución durante el tiempo que estoy en una consulta médica con el medico de cabecera o especialista como un otorrino de un hospital? Me quieren hacer firmar en una ficha de Permisos y asuntos propios y luego tener que recuperar la hora o dos horas, me quede pasmada que esto me hace obligar anular la cita del medico de cabecera mañana para entrar mas pronto antes de la jornada laboral si el centro de salud me deja cogerla para no tener que recuperar mucho tiempo. Porque la presidenta me dice que lo que mas vale es esa ficha mas el justificante porque si viene un inspector y pregunta que donde estoy? Pues no se donde esta el problema. Mi salud es lo primero. Vivo en una comunidad valenciana y si es segun el estatuto yo no lo entiendo o no lo encuentro, es el Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre) y si hace falta saber cual es el real decreto lo pongo. Espero vuestras respuestas. Gracias.