#1
Duda:Notificación de resolución expresa procedimiento POSITIVO O NEGATIVO?
Hola compañeros,
me tiene loco el lenguaje juridico-fiscal de la agencia tributaria. Esto es positivo o negativo? :
ACUERDO
Como resultado de la comprobación limitada realizada en relación con su declaración anual del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2018, y habiendo
quedado aclaradas las incidencias que dieron lugar a este procedimiento, esta oficina le comunica que
conforme a la normativa vigente no procede regularizar la situación tributaria.
ACTUACIONES REALIZADAS
En el curso del procedimiento de comprobación limitada se han realizado las siguientes actuaciones:
Notificación del requerimiento de fecha --- 15 de febrero de 2020.-
El objeto de las actuaciones realizadas ha sido la subsanación, aclaración o justificación de las
incidencias observadas en los datos declarados y que han sido detalladas cuando se especificó el
alcance de este procedimiento.
Con la notificación de este acuerdo finaliza el procedimiento de comprobación limitada que estaba
en curso. La Administración Tributaria no podrá efectuar una nueva regularización en relación con el
concepto, ejercicio y alcance ahora comprobados, salvo que en un procedimiento de comprobación
limitada o de inspección posterior se descubran nuevos hechos o circunstancias que resulten de
actuaciones distintas de las realizadas y especificadas en esta resolución.
Muchas gracias,
me tiene loco el lenguaje juridico-fiscal de la agencia tributaria. Esto es positivo o negativo? :
ACUERDO
Como resultado de la comprobación limitada realizada en relación con su declaración anual del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2018, y habiendo
quedado aclaradas las incidencias que dieron lugar a este procedimiento, esta oficina le comunica que
conforme a la normativa vigente no procede regularizar la situación tributaria.
ACTUACIONES REALIZADAS
En el curso del procedimiento de comprobación limitada se han realizado las siguientes actuaciones:
Notificación del requerimiento de fecha --- 15 de febrero de 2020.-
El objeto de las actuaciones realizadas ha sido la subsanación, aclaración o justificación de las
incidencias observadas en los datos declarados y que han sido detalladas cuando se especificó el
alcance de este procedimiento.
Con la notificación de este acuerdo finaliza el procedimiento de comprobación limitada que estaba
en curso. La Administración Tributaria no podrá efectuar una nueva regularización en relación con el
concepto, ejercicio y alcance ahora comprobados, salvo que en un procedimiento de comprobación
limitada o de inspección posterior se descubran nuevos hechos o circunstancias que resulten de
actuaciones distintas de las realizadas y especificadas en esta resolución.
Muchas gracias,