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Así tributa la COMPRAVENTA DE CRIPTOMONEDAS [ Hacienda ]
- Declaración de criptomonedas en el IRPF (Declaración de la RENTA): cuando se produzca una ganancia o una pérdida patrimonial tras una compraventa, por ejemplo, de bitcoins. De hecho, las reglas generales del IRPF son aplicables al intercambio de monedas virtuales; la compraventa de estos criptoactivos debe tributar por la ganancia o la pérdida generada, aunque la Ley del IRPF no haga referencia específica sobre la tributación de las criptomonedas.
- Declaración de criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP): el contribuyente, en caso de estar obligado a la declaración del IP, deberá incluir el valor de las criptomonedas a la fecha de devengo del impuesto, es decir a 31/12.
- Declaración de criptomonedas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: en el caso de que una persona reciba criptomonedas tras una herencia.
¿Y en el 720?
Fuente + info ampliada en detalle https://www.gdasesoria.com/blog/posts/como-tributa-compraventa-criptomonedas-espana