Gracias por contestar. Pues es tener mala suerte... casi preferiría que se pasara 7€ o más, me dolería menos.
No puedo hacer nada ya que me lo deniegan constantemente, a los 9 meses del hecho causante, bajaron mis ingresos y esta probado u comunicado. Y es, dentro del año que ellos dicen o más bien lo que dice , creo yo, la ley, sobre este tema.
Art. 275 lgss
Los requisitos de carencia de rentas y, en su caso, de existencia de responsabilidades familiares deberán concurrir en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el momento de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante la percepción de todas las modalidades del subsidio establecidas en el artículo anterior.
Pero luego dice lo siguiente y no lo entiendo...
Si no se reúnen los requisitos, el trabajador solo podrá obtener el reconocimiento de un derecho al subsidio cuando se encuentre de nuevo en alguna de las situaciones previstas en el artículo anterior y reúna los requisitos exigidos, salvo en el caso de que dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante se acredite que se cumplen los requisitos de carencia de rentas o, en su caso, de existencia de responsabilidades familiares, en que el trabajador podrá obtener el subsidio que corresponda a partir del día siguiente al de su solicitud sin reducción de su duración.A estos efectos se considerará como fecha del hecho causante aquella en que se cumpla el plazo de espera de un mes, o se produzca la situación legal de desempleo; o la de agotamiento del derecho semestral; o la de finalización de la causa de suspensión.
Tendría que demandar al Sepe y no puedo afrontar ese gasto económico y ni siquiera sé si tendría razón.
Un saludo,