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Residente extranjero - Dudas fiscales
Buenos días,
En la actualidad resido en el extranjero y tengo un par de dudas en relación con la fiscalidad internacional:
- ¿Una vez presentado el modelo 030 notificando que se ha dejado de vivir en España es necesario volver a notificar cada vez que se cambia de domicilio en el extranjero? ¿En caso de que fuera opcional pero sí conveniente cual sería el procedimiento para hacerlo?
- ¿Las acciones obtenidas siendo residente fiscal en el extranjero, pero depositadas en un bróker español deben ser declaradas en el IRNR y marcar la casilla exentas por convenio de doble imposición o no existe obligación de declarar?
En caso de volver a España:
- ¿Se pueden transferir los ahorros obtenidos en el extranjero a una cuenta española sin problemas sin importar la cuantía?
- ¿Cuáles son los trámites para volver a España? Entiendo que únicamente alta en el padrón y comunicación mediante modelo 030 del cambio de domicilio fiscal.
- Si nunca se ha trabajado en España pero se viene a España a estudiar y existen rentas como depósitos, dividendos, etc., cómo se podría hacer la declaración (ya que entiendo que en este caso no se podría emitir un número de identificación fiscal si no se ha trabajado en España ni se trabaja en ese momento). Además de cara a obtener la residencia en fiscal en España no me queda claro si podrían existir conflictos de residencia si no se trabaja en España y se trabajaba en el país anterior (pese a vivir más de 183 días en España en este hipotético caso).
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.