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Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero

4 respuestas
Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero
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Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero
#1

Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero

Buenas. Tengo una duda sobre el modelo 720.

En el año 2013 contratamos una cuenta bancaria fuera de España, a la que transferimos 100.000 euros. En 2014 presentamos la pertinente declaración del modelo 720.

Ahora, durante el año 2023 hemos repatriado casi todo el dinero de dicha cuenta de vuelta a España, de tal manera que solo hemos quedado allí 2000 euros, pero no hemos cancelado la cuenta pues queremos mantenerla abierta de momento.

¿Es necesario declarar la vuelta de ese dinero a España mediante el modelo 720? O solo debemos declararlo si cancelamos la cuenta o si devolvemos el dinero retirado ahora + 20.000 euros (que creo que es el límite mínimo de incremento para declarar)

Gracias y un saludo!

#2

Re: Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero

Hola,

El "modelo 720", en su vertiente de declaración informativa respecto a la primera obligación de información -cuentas en entidades financieras-, cuando previamente ya se ha declarado dichos bienes, debe presentarse en anualidades siguientes si el saldo a 31/Dic del ejercicio respecto del cual se está realizando la declaración o el saldo medio del 4ºT del mismo periodo -cualesquiera de ellos, basta con que uno se cumpla para tener que declarar- se ha incrementado en una cuantía superior a 20.000€ en referencia al último declarado.

Por tanto, en tu caso, ha experimentado un decremento -suponiendo que no han existido más movimientos que la retirada-. Por tanto, no existe obligación en el caso que expones para el ejercicio del cual se está incurso en su periodo de declaración (es decir, 2023).

Un saludo,
#3

Re: Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero

OK, muchas gracias. Si, solo he hecho la retirada.

Entonces solo tendría la obligación de presentar un 720 en uno de estos 3 casos:

-Que constituya un cuenta nueva > 50.000 € en otra entidad extranjera.
-Que en la cuenta que ya tengo declarada en 2014 realizase movimientos hasta superar en 20.000 la cantidad declarada en esa ocasión.
-Que cancelase la cuenta declarada en 2014.

¿Estoy en lo cierto?

#4

Re: Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero

Correcto, pero basta con que suceda uno de las tres situaciones que expones para tener que informar acerca de la totalidad de cuentas bancarias en el extranjero (cuando hay obligación respecto de un bloque, hay que cumplimentar todos los datos requeridos por el modelo respecto de la totalidad de bienes que lo integran, no solo de los que han experimentado la causa que ha motivado el nacimiento del deber).
#5

Re: Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero

Todo claro, muchas gracias por una información tan útil.

Saludos.