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Duda sobre Modelo 720 tras repatriar el dinero
Buenas. Tengo una duda sobre el modelo 720.
En el año 2013 contratamos una cuenta bancaria fuera de España, a la que transferimos 100.000 euros. En 2014 presentamos la pertinente declaración del modelo 720.
Ahora, durante el año 2023 hemos repatriado casi todo el dinero de dicha cuenta de vuelta a España, de tal manera que solo hemos quedado allí 2000 euros, pero no hemos cancelado la cuenta pues queremos mantenerla abierta de momento.
¿Es necesario declarar la vuelta de ese dinero a España mediante el modelo 720? O solo debemos declararlo si cancelamos la cuenta o si devolvemos el dinero retirado ahora + 20.000 euros (que creo que es el límite mínimo de incremento para declarar)
Gracias y un saludo!
En el año 2013 contratamos una cuenta bancaria fuera de España, a la que transferimos 100.000 euros. En 2014 presentamos la pertinente declaración del modelo 720.
Ahora, durante el año 2023 hemos repatriado casi todo el dinero de dicha cuenta de vuelta a España, de tal manera que solo hemos quedado allí 2000 euros, pero no hemos cancelado la cuenta pues queremos mantenerla abierta de momento.
¿Es necesario declarar la vuelta de ese dinero a España mediante el modelo 720? O solo debemos declararlo si cancelamos la cuenta o si devolvemos el dinero retirado ahora + 20.000 euros (que creo que es el límite mínimo de incremento para declarar)
Gracias y un saludo!