En la declaración de 2010, que presentaremos en primavera de 2011, podrás devolver las deducciones practicadas. Tendrás una casilla al efecto, y el programa PADRE te calculará los intereses.
Para que puedas hacer los cálculos, Hacienda emplea una especie de interés nominativo y de capitalización simple. Los tipos de demora de cada año son:
2005: 5%; 2006: 5%; 2007: 6,25%; 2008: 7%; 2009: hasta el 31.03 7% y desde esta fecha 5%; 2010: 5%; 2011: 5%.
Vamos a suponer que la deducción de la renta de 2004 era de 1.000 euros. Esta declaración la presentaste en junio de 2005 y el resultado fue a devolver. Por último vamos a imaginar que la devolución te la hicieron el día 30.06.2005 y que la declaración de 2010 la presentas el 30.06.2011.
Tendrías que calcular los intereses de cada año:
2005: 0,05 x 1.000 x 184 / 365 = 25,21 euros.
2006: 0,05 x 1.000 = 50,00 euros.
2007: 0,0625 x 1.000 = 62,50 euros.
2008: 0,07 x 1.000 = 70 euros.
2009: (0,07 x 1.000 x 90 / 365) + (0,05 x 1.000 x 275 / 365) = 54,93 euros.
2010: 0,05 x 1.000 = 50 euros.
2011: 0,05 x 1.000 x 181 / 365 = 24,79 euros.
Total intereses: 25,21 + 50 + 62,50 + 70 + 54,93 + 50 + 24,79 = 337,43 euros.
La devolución correspondiente a esa deducción sería de 1.337,43 euros y este mismo proceso tendrías que realizar con las deducciones practicadas en los otros dos años.
Saludos.