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Declaración de bienes de inversión

14 respuestas
Declaración de bienes de inversión
Declaración de bienes de inversión
#1

Declaración de bienes de inversión

 Buenas tardes, soy autónomo y tengo una duda a la hora de declarar la amortización de bienes de inversión:
 
El pasado mes de abril compré un ordenador y por lo que he visto en mi régimen simplificado se puede amortizar a un 26% anual. El ordenador me ha costado 1156,98 euros como base imponible por lo que al aplicar el 26% sería 300,81 al año, si lo divido entre los cuatro trimestres sería 75,20 euros que podría añadirlos como gasto en el modelo 130 de cada trimestre. 
 
 Tengo entendido que a efectos de IVA no se considera bien de inversión pero en cuanto a IRPF si habría que hacer la amortización del ordenador. Mi duda es a la hora de declararlo. 
 
 Como comenté al aplicar el 26% de amortización, como dice la tabla de régimen para equipos informáticos, normalmente serán 300,81 euros anuales y por tanto 75,20 euros trimestrales. ¿Si aplico esos 75,20 euros cada trimestre como gastos en el modelo 130 de IRPF debo poner igualmente los 300,81 euros en la casilla 0208 sobre bienes de inversión de la declaración de la renta anual?, sería como aplicarlo dos veces y tengo esa duda. ¿Puedo aplicar únicamente esos 300,81 euros en la declaración de la renta y no hacerlo en el 130 cada trimestre?
 
 Gracias! 
#2

Re: Declaración de bienes de inversión

En la casilla 208 sólo podrás poner la parte proporcional desde la fecha de compra (9/12). Por otra parte, podrás deducir el 52% (0,26 x 2) como amortización en aplicación del artículo 103 de la LIS (amortización acelerada para entidades de reducida dimensión).

#3

Re: Declaración de bienes de inversión

Gracias por responder, no tenía constancia de que podía acogerme a ese régimen de amortización acelerada. No obstante mi gran duda reside en el último párrafo que expuse. ¿Si al añadir la cuantía de amortización correspondiente del trimestre dentro de los gastos deducibles en el modelo 130 de IRPF (casilla 2) de cada trimestre, tengo que ponerlo también en la declaración de la renta anual (casilla 0208)?

Este es el párrafo en concreto:

Como comenté al aplicar el 26% de amortización, como dice la tabla de régimen para equipos informáticos, normalmente serán 300,81 euros anuales y por tanto 75,20 euros trimestrales. ¿Si aplico esos 75,20 euros cada trimestre como gastos deducibles en el modelo 130 de IRPF debo poner igualmente los 300,81 euros en la casilla 0208 sobre bienes de inversión de la declaración de la renta anual?, sería como aplicarlo dos veces y tengo esa duda. ¿Puedo aplicar únicamente esos 300,81 euros en la declaración de la renta y no hacerlo en el 130 cada trimestre? 

Esta es mi super duda
#4

Re: Declaración de bienes de inversión

Claro, por qué no vas a poder? Siguiendo ese pensamiento, no podrías incluir ningún gasto que pensaras incluir posteriormente en tu declaración, no solo la amortización…

Al final, el modelo 130 es para calcular los pagos fraccionados, que no son más que pagos a cuenta. No te preocupes que no vas a tener problemas al incluirlos.
#5

Re: Declaración de bienes de inversión

Entendido, gracias por la ayuda! 
#6

Re: Declaración de bienes de inversión

A ver..., puedo estar equivocado, aunque no creo.
El equipo informático es un Bien de Inversión, que como dice se puede amortizar como máximo a un 26% anual. El primer año, proporcional a los dias de uso, eso correcto.
Pero los B, Inversión no tienen que ver nada con LOS GASTOS CORRIENTES para hacer la declaración modelo 130 . Ingresos-gastos...
Los BI se reflejan en la renta del año, el % que te permite cada bien... que yo sepa no hay ningún apartado en el modelo 130 para reflejarlos, y no son un gasto corriente.
Al menos, en 30 años yo no les he metido como gasto, por asesoramiento del gestor que me enseño ha hacerme el modelo...
Porque si no, en el IRPF, modelo 100 LOS VAS A DUPLICAR : Estarán metido en el apartado de gastos corrientes y además tienes una casilla específica para ello...
Saludos

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#7

Re: Declaración de bienes de inversión

A  mi entender es eso lo que debes hacer.
La amortización de los BI sólo se efectúa en la renta.
s2

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#8

Re: Declaración de bienes de inversión

Cito textualmente lo que indica la AEAT en las instrucciones del modelo 130:

Casilla 02. Consignamos aquí el importe de los gastos que, teniendo la consideración de fiscalmente deducibles, resulten imputables a las actividades económicas a las que se refiere este apartado y correspondan al período temporal indicado anteriormente.

Incluimos también en esta casilla el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles correspondientes a la depreciación experimentada por el inmovilizado afecto a las actividades desarrolladas en el período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre, así como, en su caso, el importe de las provisiones que, correspondiendo al citado período temporal, tengan, asimismo, la consideración de fiscalmente deducibles.

Tratándose de actividades a las que resulte aplicable la modalidad simplificada del método de estimación directa, se incluirán en esta casilla los importes de las amortizaciones, de las provisiones deducibles y de los gastos de difícil justificación correspondientes al período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre, determinados conforme a las especialidades establecidas en el artículo 30 del Reglamento del Impuesto.

Evidentemente no vas a introducir el importe íntegro de la compra, solo el que corresponda a la amortización del periodo correspondiente.
Por otra parte, no entiendo por qué dices que se va a duplicar luego al presenta la renta, no tiene ningún sentido.

#9

Re: Declaración de bienes de inversión

Uf,, hace muchos años que no me leo las instrucciones y lo hago automático...
Evidentemente tienes razón.
Gracias y un saludo

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#10

Re: Declaración de bienes de inversión

Gracias por los datos, ahora leyendo al otro compañero del foro me viene la duda de si tengo que añadir entre los gastos del trimestre, para el 130, el precio completo del ordenador, sin iva:

¿En el modelo 130 también habría que añadir dentro de los gastos del trimestre el precio completo del ordenador (1156 euros, sin IVA)?, ¿o sólo la amortización?, ¿o ambas?. Me parece raro añadir tanto el precio del ordenador sin iva, y además la amortización (75,20 euros), en los gastos.

Espero puedan resolverme esta duda, gracias
#11

Re: Declaración de bienes de inversión

Solo la amortización, ya que el ordenador no se trata de un bien corriente y su coste como tal no es íntegramente deducible al momento de la compra. Si añades ambas, acabarías duplicándolo.
#12

Re: Declaración de bienes de inversión

Gracias por la respuesta, por tratarse de un gasto relacionado con mi actividad tenía esa duda. ¿Entonces no consta nunca ese gasto de 1156 euros en ningún lado, no?. ¿Ni en la declaración de la renta del año que viene se debe reflejar?.
#13

Re: Declaración de bienes de inversión

Con la amortización reflejas ya ese gasto. Cada año incorporarás un porcentaje y, al final de X años, el importe deducido será el coste de adquisición.
Si le corresponde un porcentaje del 26%, pues tardarás en deducir el gasto íntegro 3,85 años desde el momento de la compra.
Si incorporas el gasto íntegro y, además, la cuota de amortización, acabarás duplicando el importe deducido.

#14

Re: Declaración de bienes de inversión

Entendido

Pues pensaba que en la amortización del ordenador se me iba a más de 4 años con el 26%, yo hice los cálculos así: 

1156,98 x 0,26 = 300,81 al año / 4 meses = 75, 20 por trimestre

Como lo compré en abril no cuenta el primer trimestre y serían 225,60 el primer año

225,60 + 300,81 + 300, 81 + 300,81 + 28,95 = 1156,98 euros

Más de cuatro años me salen, por lo que comentas supongo que lo habré calculado mal, ¿verdad?
#15

Re: Declaración de bienes de inversión

Los cálculos están correctos. Te sale más de 4 porque el primero solo amortizas 9 meses. De normal, habrías tardado 3 años completos y 0,84 meses, es decir, 10 meses (100/26). Al haberlo comprado en abril, se adentra en un año más. 
Pero como te dije, puedes amortizar aceleradamente a razón del doble del porcentaje normal, aplicando un 52%.