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Retenciones fuera de España

8 respuestas
Retenciones fuera de España
Retenciones fuera de España
#1

Retenciones fuera de España



Muy buenas.


Supongamos que fruto de la posesión de unas acciones de una empresa (que cotiza en la bolsa de Frankfurt) se han generado unos dividendos.
Esos dividendos tienen retención tanto por la Hacienda Española, como la Alemana.

¿Es posible recuperar lo retenido en Alemania?




#2

Re: Retenciones fuera de España

Alemania tiene derecho a retenerte el 15%. Eso no te lo van a devolver, puesto que son impuestos que estás obligado a pagar allí. Pero se tendrá en cuenta para el cálculo del resultado del IRPF español: tienes que indicarlo en las casillas de la deducción por doble imposición internacional. No es que te "devuelvan" ese dinero, es que, de lo que te cobran en España por impuestos de esos dividendos, quitan lo que ya has pagado (hasta ese límite del 15%).
Lo que te hayan retenido por encima de ese 15% sí: te lo tienen que devolver los alemanes, porque lo han cogido improcedentemente. Tendrás que esperar a que finalice la Campaña de IRPF y, luego, con tu renta, donde demuestras que eres residente fiscal en España y que has declarado esos dividendos aquí, puedes pedírselos.
#3

Re: Retenciones fuera de España


Entiendo que se deduce en el IRPF español sólo si sale a pagar.
¿Es así?

Supongo que lo retenido en Alemania no cuente como ingresos de cara al IRPF...
#4

Re: Retenciones fuera de España

No "te devuelven", sea cual sea el resultado: a ingresar o a devolver. No es una deducción al uso, como otras que reducen cuota.
El tema es el siguiente (pongo el tema simplificado, porque habría que hablar del tipo medio en casos en que hay ingresos muy bajos, pero vamos a suponer que se trata de alguien con rentas): sobre un dividendo obtenido en España, tú pagas un 19% en tu declaración. Generalmente ya te lo han retenido cuando lo cobras, así que, en la declaración, no notas ese pago. 
Ahora, el dividendo ha sido obtenido en Alemania y no te han retenido nada. Lo declaras en España, en tu IRPF, y pagas el 19% en ese momento. Ahí sí se nota en el resultado. Este caso no se da nunca; ningún país te va a dar el dividendo íntegro.
Siguiente situación (la ideal): en Alemania te dan tu dividendo y te retienen exactamente el 15%. En el IRPF de España, lo declaras y pones tu deducción por doble imposición internacional. Pues sólo pagarás un 4%: la diferencia entre el 19 que tienes que abonar en España y el 15 que ya has pagado. Es decir: como ya te expliqué, no es que "te devuelvan" dinero; tú pagas lo mismo de impuestos; pero, en lugar de todo en España, un 15% en Alemania y un 4% en España. 
Situación real: en Alemania te habrán retenido un 26% del dividendo. Si tienes suerte, un 21. Pero, generalmente, es el 26. Dicen que porque el broker no sabe tu residencia fiscal, y te retienen como a un alemán. Pero es una excusa estúpida porque, en España, los bancos piden certificados de residencia fiscal, precisamente para evitar esos problemas. En realidad es porque saben que, cuando se trata de cantidades pequeñas, la gente no reclama lo retenido de más: ¿En qué oficina tributaria de qué estado federal lo pido? ¿En alemán, o, como poco, en inglés? ¿Hay modelos oficiales? ¿De dónde los saco? Si se lo encargo a un profesional, me sale más caro el collar que el perro...
En España te van a permitir aplicar la deducción por doble imposición internacional por el 15%; el resto, es tu problema.

Las retenciones, las realizadas en cualquier país, nunca serán consideradas "ingresos" en el IRPF , dado que son todo lo contrario: un dinero que te han quitado.
#5

Re: Retenciones fuera de España



En este ejemplo tendría que declarar 0,20 + 0,85 y deducir.
¿Correcto?
¿Deducir los 0,38€ retenidos u otro importe?


#6

Re: Retenciones fuera de España

Tendrías que declarar el valor bruto del dividendo: 1,43. La retención en España, 0,20, como retenciones del capital mobiliario. Deducción por doble imposición internacional: 0,2145 (15% de 1,43). Los otros 0,1655 euros, te los habrían retenido de más en Alemania y se los tendrías que reclamar a ellos. Como te decía, en el ejemplo hacen una retención del 26%.
#7

Re: Retenciones fuera de España


Las retenciones, las realizadas en cualquier país, nunca serán consideradas "ingresos" en el IRPF , dado que son todo lo contrario: un dinero que te han quitado.


Pero al declarar los 1,43 serían todo ingresos...
#8

Re: Retenciones fuera de España

Sí, claro: en IRPF siempre declaramos los ingresos brutos: en trabajo, en capital, en ganancias...
De ahí la existencia de la deducción por doble imposición internacional, para evitar el pago por lo mismo en los dos países. Si no se declarara el mismo importe en los dos países, no habría doble imposición y no necesitaríamos la deducción.
#9

Re: Retenciones fuera de España



Gracias.