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Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?

1 respuesta
Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?
Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?
#1

Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?

Buenas tardes: le estoy haciendo la declaración de la renta a un sobrino. Éste está soltero, no pareja de hecho y ambos viven en domicilios diferentes. Han tenido un hijo en octubre de 2024. La pareja le ha dicho a mi sobrino que la niña la mete ella en la declaración de la renta pues tiene previsto solicitar ayudas a la Administración como el IMV. Por tanto en la declaración de  mi sobrino solamente me quedan dos alternativas, no dar de alta al hijo o bien hacerlo pero en ese caso desconozco la vinculación que hay que indicar, yo creo que es "D" y en otras situaciones: "3". Si lo hago así la declaración varía para bien en su caso, de pagar una pequeña cantidad a devolución de otro tanto, pero no sé si estoy haciendo lo correcto con esa vinculación, o para curarme en salud no incluirlo y que pague, lo cual puede que no sea legal el digamos "ocultar" un hijo.

¿Me podéis resolver esta duda? 

Muchas gracias. 
#2

Re: Renta 2024. ¿Es obligatorio dar de alta un hijo por nacimiento?

Según el sitio web de la Agencia Tributaria:
 En las declaraciones de la Renta, cuando hay un hijo en común entre dos progenitores que no conviven ni están casados, ambos pueden incluir al menor en su declaración, pero sólo uno de ellos puede aplicar el mínimo por descendientes, y sólo uno puede aplicarse beneficios vinculados a la unidad familiar (como el IMV o deducciones por maternidad, etc.). 

1. ¿Debe su sobrino incluir al hijo en su declaración?

 Sí, debe incluirlo en la sección de “descendientes” aunque no se aplique el mínimo por descendientes. No se puede “ocultar” un hijo, pues los datos familiares deben reflejar la realidad. La clave está en no aplicarse deducciones indebidas si no es quien convive con el menor o si no tiene derecho a ellas por acuerdo mutuo con la madre. 

2. ¿Qué vinculación hay que indicar?

 En la declaración hay dos campos: 
  • Clave de parentesco: para un hijo biológico, se indica la letra “D”.
  • Situación (otras situaciones): si no conviven, pero es su hijo, lo correcto es marcar la opción “3 - No convive con el declarante por separación legal o sin vínculo matrimonial”.

Por tanto, la combinación “D” y “3” es la adecuada en el caso de su sobrino.

3. ¿Puede beneficiarse su sobrino?

 Aunque el menor no conviva con él y no se aplique el mínimo por descendiente, en algunos casos puede seguir afectando al resultado de la declaración (por ejemplo, en el cálculo del tipo medio o si tiene derecho a otras reducciones o deducciones que no haya cedido a la madre). Si, como indica, al marcarlo mejora el resultado y no se está aplicando ninguna deducción exclusiva de la madre, ni hay conflicto en la aplicación del mínimo, es correcto. Importante: si la madre se va a aplicar el mínimo por descendiente y/o deducciones como la de maternidad o IMV, su sobrino no puede aplicar esos mismos beneficios. Pero sí debe declarar la existencia del hijo correctamente.

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