Quiebra de depositaria extranjera
He estado buscando este tema por el foro, pero no he encontrado demasiada informacion al respecto.
Lo que me ha quedado claro es que en tal caso tendriamos que lidiar con las leyes de proteccion de inversiones del
pais de la entidad depositaria extranjera.
Como la mayoria de brokers españoles, al parecer excepto BBVA, utilizan cuentas omnibus, tendriamos que demostrar
antes las autoridades del concurso de acreedores o jueces del pais de turno, que tenemos participaciones en dicha
cuenta omnibus.
Si hay un intermediario de por medio, como allfunds, entonces la cosas se podria complicar aun mas.
Me pregunto si ante este hipotetico caso, si allfunds o el broker harian algun tipo de gestion o le tocaria a los clientes
comerse todo este marron.
Me parece que el punto clave aqui, seria tener muy en cuenta la solvencia de las entidades depositarias de nuestros fondos.