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Duda Fondos y hacienda modelo 720

4 respuestas
Duda Fondos y hacienda modelo 720
Duda Fondos y hacienda modelo 720
#1

Duda Fondos y hacienda modelo 720

Buenas noches a todos,
Llevo uno tiempo empapándome un sobre los fondos y roboadvisors. En el caso concreto de los fondos, por más que busco info sobre la obligación de incluirlos en el modelo 720 (en el caso de superar los 50k€) no encuentro info clara.

La cuestión es, si comparamos cualquier fondo que se comercialice por una entidad española tipo Renta 4, GPM, EBN, Selfbank, Openbank, BKT o ING no me queda claro si hay que que hacer el modelo 720.

Veo que por un lado que se habla de:
  • Estar inscritos en la CNMV
  • Gestoras
  • Comercializadoras
  • Depositarios de los fondos

En base a estos 4 parámetros no me queda claro lo del modelo 720 y la verdad tengo muchas dudas.

Sobre 2 roboadvisors, Finizens e Indexa que estado mirando, tengo claro que NO hay que hacerlo porque lo han indicado ellos mismos pero con los fondos individuales contratados con Renta 4, GPM, EBN, Selfbank, Openbank, BKT o ING no tengo ni idea.
Con acciones de empresas tengo claro el criterio, pero la verdad que con los fondos voy perdido. A ver si alguno me podéis echar un cable y me iluminais un poco. 

Muchas gracias.
Sl2

#2

Re: Duda Fondos y hacienda modelo 720

El modelo 720 se presenta en caso de inversiones por  una persona o entidad tiene la obligación de presentar declaración  por cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, como por valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero, y por bienes inmuebles situados en el extranjero y derechos sobre los mismos. 

En el caso de las entidades que mencionas el tema clave está en quien es el depositario. La respuesta es que con ninguno de ellos tienes que presentar el modelo 720. 

#3

Re: Duda Fondos y hacienda modelo 720

Gracias por la respuesta Luis Angel.

Había puesto las comentadas Renta 4, GPM, EBN, Selfbank, Openbank, BKT o ING porque entendiendo que son entidades españolas el primer filtro lo cumplían. Lo que había estado mirando es que los depositarios del fondo son extranjeros y es lo que me esta liando. En el casode unos fondos que he mirado de Selfbank me pone que el depositario está Luxemburgo  y otro en EBN de Vanguard en Irlanda 
EBN
Vanguard US 500 Stock Index Inv EUR
Depositario es Brown Brothers Harriman Trustee Svcs (Ireland) Ltd 

Self Bank:
Amundi IS MSCI World AE-C
Nombre del depositario: CACEIS Bank - Sucursal de Luxembourg. 

Esto es lo que me tiene con dudas y antes de centrar el tiro en una entidad u otra es lo que me quería aclarar.
Saludos.

#4

Re: Duda Fondos y hacienda modelo 720

Copio y pego de las Preguntas frecuentes del modelo 720 publicadas por la AEAT:

Pregunta  28: titular Si  el  obligado  tributario  sujeto  a  estas  obligaciones  de  información  es de  acciones  o  participaciones  de  instituciones  de  inversión  colectiva  extranjeras que  fueron  adquiridas  mediante  comercializadoras  de  dichas  instituciones  en  España o  a  través  de  representantes  en  España  de  las  entidades  gestoras  que  operan  en régimen  de libre  prestación  de  servicios,  ¿existe  obligación  de  presentar  declaración informativa,  Modelo  720,  sobre  estas  acciones  si  se  cumplen  el  resto  de  requisitos para estar  obligado  a declarar?


Respuesta: No.  De  acuerdo  con  la  Consulta  Vinculante  de  de  la  D irección  General de  Tributos,  las  acciones  y  participaciones  en  instituciones  de  inversión  colectiva extranjeras  comercializadas  en  España  del  modo  citado,  no  quedarán  incluidas  en  la obligación  de  informar  regulada  en  el  artículo  42  ter.2  del  Reglamento  G eneral aprobado  por  el  RD  1065/2007,  de  27  de  julio,  en  tanto  los  referidos  valores  se mantengan  registrados  por  sus  titulares  en  dichos  comercializadores  o representantes,  ya  que  la  información  a  que  se  refiere  el  citado  artículo  42  ter.2  queda cubierta  p or  las  obligaciones  de  información  que  corresponden  al  comercializador  o  al representante,  en  particular,  por  las  previstas  en  el  artículo  39.2  del  citado Reglamento.
#5

Re: Duda Fondos y hacienda modelo 720

Muchas gracias Tonipetoni.

Sl2