Lo han pedido los bancos: malo.
Es mas alto que el euribor : malo
Las asociaciobes de consumidores no lo quieren : Malo
Lo han ido metiendo de tapadillo : Malo
Sale para que los bancos ganen mas: Malo
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Cuatro Mentiras
1. El IRS es el sustituto del Euribor. No exactamente. A pesar de que muchos medios lo han tratado así en titulares, las hipotecas a Euribor seguirán a Euribor y los bancos podrás seguir ofreciendo hipotecas referenciadas a Euribor. Lo que sí es cierto que el IRS es un índice que nace como petición de los bancos, que querían contar con un índice que fluctuara menos que el Euribor, por lo que es esperable que las hipotecas que se firmen a partir de ahora lo hagan más frecuentemente referenciadas al nuevo índice.
2. Las hipotecas a IRPH pasarán a IRS. Nadie sabe a ciencia cierta qué pasará con las hipotecas referenciadas a IRPH cajas e IRPH bancos. Será necesario esperar a que el Ministerio de Economía emita un comunicado oficial donde explique el reglamento del cambio de índices. De momento, si hacemos caso a algunos testimonios que ya han hablado con su banco, parece más probable que estas hipotecas pasen a referenciarse con IRPH entidades.
3. El IRS oscila menos que el Euribor. Hasta la fecha, el IRS no ha demostrado ser más estable que el Euribor, sino que más bien los dos índices cotizan siguiendo el mismo nivel de oscilación. Sirvan como ejemplo su valor mínimo (1,2% en enero de 2010) y máximo (5,5% en octubre de 2008) alcanzados.
4. Ya se están empezando a firmar hipotecas a IRS. Hasta que el BOE no publique las reglas del cambio de índice y el Banco de España no empiece a publicar la cotización del IRS, no veremos nuevas hipotecas referenciadas a IRS. Por otra parte, las hipotecas ahora referenciadas a IRPH bancos y cajas, CECA o TAR, susceptibles a un cambio de índice, aún tardarán más de 1 año en empezar a pagar la cuota según el nuevo índice establecido. Cualquier hipotecado que tenga la revisión anual entre hoy y el 28 de abril de 2013 renovará el interés sobre su antiguo índice (ya que los índices que desaparecen aún seguirán publicando su cotización hasta abril de 2013) y no será hasta su próxima revisión hipotecaria cuando se les aplique el IRS o el índice que se establezca durante la negociación.
Cinco Dudas pendientes
Sabemos que el IRS es un índice calculado a 5 años, que ha entrado en vigor hace casi 1 mes, y conocemos su cotización. Pero todavía hay muchas dudas que los hipotecados necesitan saber:
1. ¿Cada cuánto serán las revisiones? ¿Anuales? ¿Cada 5 años?
2. ¿Quién pagará la novación?
En las hipotecas ahora referenciadas a índices que van a desparecer, en teoría, si en el contrato consta cuál será el índice sustituto, el banco debe respetar el contrato y, puesto que se sigue aplicando el mismo acuerdo, el cliente no ha de pagar novación alguna. A pesar de ello, algunos hipotecados y asociaciones avisan de que hay que ir con cuidado porque algunas entidades pueden intentar cobrar una novación al cliente.
3. ¿Cuándo publicará el BOE el reglamento para establecer el cambio de índices en las hipotecas afectadas? El único plazo tope que sabemos que no puede superar es abril de 2013, momento en que los antiguos índices desaparecerán definitivamente y su cotización dejará de publicarse. Así, la pregunta sería ¿en qué momento del próximo año veremos publicado este documento?
4. ¿Cuándo empezará a publicarse su cotización en la web del Banco de España? A pesar de que el IRS ya es un índice oficial, la web del BdE aún no ha empezado a publicar su cotización media mensual. ¿Veremos el primer valor oficial a finales de este mes de mayo?
5. ¿Se firmarán cada vez menos hipotecas a Euribor y más a IRS? ¿Hará el IRS - Interest Rate Swap que el Euribor quede como un índice marginal que cada vez se use menos?
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