Con una copia simple tienes suficiente, será para los impuestos, el de plus valía, porque los otros (de la compra) van a cargo del comprador, a no ser que hayáis pactado cosa distinta. Si, la tuya te la devolverá al momento, es solo para comprobar el título de propiedad, que si no la tuvieras tampoco sería problema al estar en el registro de la propiedad. Normalmente el notario al margen de la escritura (la tuya) le pone vendido en fecha ..... y lo firma, esta es una costumbre antigua, pero que hoy casi no tiene trascendencia, al remitir la información telemática al registro, esto ya dejó tener utilidad práctica cuando aparecieron los faxes, porque los notarios ya comunicaban la venta al registro, aun así los notarios, al menos los de más edad, y creo que es más un tema protocolario que útil, siguen anotando al margen de la finca "vendida el .............."
Yo solo pediría una simple, que será para los impuestos, y para ti te haces una fotocopia que te costará 4 duros, porque si pides dos simples, una para la plus valía y otra para ti, pagarás las dos, y suelen ser 10-12 € por copia. Y tampoco me parece correcto que las pague el comprador.
Una copia autorizada para ti carece de utilidad, y es cara, si algún dia necesitas verificar algo, siempre la puedes pedir a la notaría, aunque cambie de notario, otro se queda a cargo del protocolo de su antencesor, y si aquella notaria desaparece, puede ocurrir dos cosas, que otro notario de la localidad se quede con ello, o si desaparece la notaria de la localidad, el colegio notarial de la comunidad autónoma, se hace cargo del protocolo.
En todo caso con los datos registrales que aparecen en la copia simple, siempre puedes ir al registro a verificarlos, pidiendo una nota registral, que a efectos de una revisión de tus impuestos, sería más que suficiente, si es que no lo fuera la simple.