Herencia para sobrinos
Hola
1)En caso de un matrimonio sé que hay que tener en cuenta la legítima y el tercio de mejora: Supongo que ambos casos se aplican por persona, es decir si son 4 hijos hay que darle un tercio del total del capital a cada uno, y nó un tercio a tres hijos.
2) por otro lado a personas solteras y sin hijos se les aplica estos dos conceptos de tercio y legítima,??????? o por el contrario si así se dispone se puede dejar toto a una persona sin vinculo sangre o bién a una ONG, quedando los sobrinos sin herencia
Un cordial saludo y muchas gracias