Cuaderno particional - dudas
Algún experto puede resolverme estas dudas?
1- el 3% del valor del ajuar, es sobre el valor de los bienes menos el valor de las deudas?
2- Que deudas se pueden deducir, todo el IBI, gastos de la comunidad de vecinos, suministros y similares devengados a la fecha del fallecimiento y que no estén cubiertos por pagos a cuenta?
3- en los gastos de entierro y de funeral se puede incluir el de la lápida, flores, obtención de certificados, gestoría etc?
4- Para el pago de los impuestos de sucesiones, plusvalía municipal de Madrid, cambio de titular de cuentas bancarias, coche, suministros, basta con mostrar el cuaderno particional original de un heredero (no formalizado ante notario) y dar una fotocopia del mismo? No es necesario un documento judicial, notarial o administrativo?
Gracias
Arturo