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¿Pleno dominio o nuda propiedad? - Subastas

2 respuestas
¿Pleno dominio o nuda propiedad? - Subastas
¿Pleno dominio o nuda propiedad? - Subastas
#1

¿Pleno dominio o nuda propiedad? - Subastas

Buenos tardes de nuevo a todos,

Me ha surgido una duda sobre una subasta próxima de la AEAT, que la verdad no he encontrado como solucionarla con la información que he leído.

El inmueble en cuestión que sale anunciado en el portal de internet en el apartado "Título Jurídico" pone "Nuda Propiedad", pero luego en la descripción del inmueble pone que lo que se subasta es el "100% del pleno dominio" porque los los usufructuarios han fallecido y que se encuentra "pendiente de que se consolide el derecho", aunque avisa por segunda vez que lo que se subasta es el 100% del pleno dominio.

El caso es que he pedido la Nota Simple del inmueble en cuestión y sale en las titularidades que hay dos usufructuarios al 50% y un tercero que tiene el 100% de la nuda propiedad, los dos primeros parecen los padres del tercero. El problema viene cuando vamos a la anotación preventiva de embargo de Hacienda que está hecha en reclamación de una cantidad al tercer titular y por tanto está hecho sobre la "nuda propiedad", así lo pone literalmente.

De todo ello saco que pueden haber pasado dos cosas:

1. Que los usufructuarios fallecieron y el hijo tenía en ese momento el pleno dominio (eso me ha parecido entender que pasa cuando fallecen los usufructuarios, que se junta con el que tiene nuda propiedad), pero al no registrar esto (seguramente para evitar los gastos de inscribir el pleno dominio, eso creo) y anotar la AEAT el embargo pues sólo lo ha hecho con respecto a la "nuda propiedad".

2. Que la AEAT anotó el embargo antes de que fallecieran los usufructuarios (2016) y en este transcurso de tiempo han fallecido, por lo que el usufructo pasa a ser del que tenía la nuda propiedad.

En cualquier caso, como digo la AEAT lo anuncia como 100% del pleno dominio, pero a día de hoy el embargo en el registro pone que es sobre la nuda propiedad. Mi temor viene de que una vez celebrada la subasta no se pueda inscribir el pleno dominio o, peor, que el "tercero" en cuestión pueda hacer valer el usufructo.

Espero que podáis ayudarme con vuestra sapiencia en estos temas.

Muchas gracias de antemano.

Un saludo.

 

#2

Re: ¿Pleno dominio o nuda propiedad? - Subastas

Buenos días, Giorgi81, ningún riesgo, lo que diga la AEAT va a misa.

Simplemente, cuando inscribas consolidas el dominio aportando los certificados de defunción que ya le constan a la AEAT/Gran hermano.

Saludos,

#3

Re: ¿Pleno dominio o nuda propiedad? - Subastas

Una vez más, muchas gracias Jotaerre.

No sabéis lo que vale la tranquilidad que aportáis en estos casos.

Un saludo.