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Boletines de luz y agua

3 respuestas
Boletines de luz y agua
Boletines de luz y agua
#1

Boletines de luz y agua

Buenas tardes,

A ver si alguien puede ayudarme.

No se si este es el foro adecuado para realizar esta pregunta. 
Seria la siguiente, tras la finalizacion de una obra nueva ¿el constructor esta obligado a dar los boletines de luz y agua? ¿que Ley lo refleja en tal caso?
gracias.

#2

Re: Boletines de luz y agua

Con respecto al tema eléctrico, la obligación de entrega del boletín está regulada en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, en concreto en la ITC-BT-04, donde se establece:

"Antes de la puesta en servicio de las instalaciones, el instalador autorizado deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará, según el caso, el Proyecto o la Memoria Técnica de Diseño, así como el certificado de Dirección de Obra firmado por el correspondiente técnico titulado competente, y el certificado de inspección inicial con calificación de resultado favorable,  del Organismo de Control, si procede.

El Órgano competente de la Comunidad Autónoma deberá diligenciar las copias del Certificado de Instalación y, en su caso, del certificado de inspección inicial, devolviendo cuatro al instalador autorizado, dos para sí y las otras dos para la propiedad, a fin de que ésta pueda, a su vez, quedarse con una copia y entregar la otra a la Compañía eléctrica, requisito sin el cual ésta no podrá suministrar energía a la instalación, salvo lo indicado en el Artículo 18.3 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión"
 
#3

Re: Boletines de luz y agua



Buenos dias. 

La obra presenta unas deficiencias por lo que se le ha retenido una parte de la ultima certificación,, debido a que no esta finalizada en su pago el constructor ha denegado la entrega de los boletines. ¿consideras si sabes si en estas circunstancias, igualmente esta obligado a entregar los boletines ? 

Muchas gracias.


#4

Re: Boletines de luz y agua

En el proceso constructivo, en el caso de las instalaciones eléctricas hay varias entidades que se encuentran implicadas:

- Instalador autorizado (que es el que elabora el boletín, y se lo entrega al "constructor")
- Promotor ("constructor")
- Usuario

Aquí hay un conflicto entre partes. ¿Qué dice el contrato firmado? ¿Cuándo se entrega la documentación? ¿Con el pago total? ¿El contrato no dice nada? Mi opinión, que no tiene ningún tipo de validez, es que el constructor debiera entregar el boletín, pero a ver cómo le obligas a que te lo de, sin acudir a los tribunales.

Lo más práctico es que vayas a tu comunidad autónoma, al órgano que tenga las competencias en materia de industria, a pedir una copia. Tal y como te indiqué el REBT dice: " el instalador autorizado deberá presentar ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de su inscripción en el correspondiente registro, el Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario, por quintuplicado, al que se acompañará...".

Tendrás que presentar un documento que acredite que tú eres el propietario de la vivienda. Puedes decir que lo has perdido y lo necesitas.