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Valor Subasta. Duda sobre este concepto.encuentro en
Estimados Srs. :
Verán, soy nuevo en esto de las Subastas y estoy empezando a asesorarme. Mi duda es la siguiente, sí el Valor de Subasta de un Inmueble viene determinado por su Valor de Mercado, menos las cargas y gravámenes que sobre el mismo pesen según L.E.C., no veo donde puede estar el beneficio económico de adquirir dicho inmueble en Subasta, Me explicare con un ejemplo. :
Haciendo números redondos para una rápida comprensión del ejemplo en cuestión .-
Supongamos una vivienda cuyo Valor de Mercado es de 160.000 € y sobre la que pesa una Hipoteca de la cual se adeudan 60.000 €.
Dicha vivienda sale a subasta (si no he entendido mal y sin tener en cuenta intereses de demora, etc.), por 160.000 € - 60.000 € = 100.000 €.
Como para hacerse con el Remate se ha de pujar en Subastas Judiciales por el 70 % del Valor de Subasta, se haría una puja por 70.000 €.
Así pues, y de resultar el Adjudicatario de dicha Subasta, habría adquirido la vivienda por 70.000 € , más el compromiso de hacerme cargo de la Hipoteca de 60.000 €; por lo que resulta que el importe total de adquisición asciende a 130.000 €. O lo que es lo mismo, solo me he ahorrado
30.000 € o un 19% del valor total de vivienda.
Sí a estos números hemos de sumar al efectuar la "compra", I.B.I. y Cuotas Comunitarias adeudadas de los cuatro años anteriores, Notaria, I.T.P. , I.A.J.D., Registro, etc. (además de tener que contar con otros gastos y cargas, posible reparación de desperfectos o incluso reformas en la vivienda).
Y si además sumamos los gastos e impuestos al revender la propiedad, Notaria, I.R.P.F., Plus Valia, etc.
Por favor, expliquénme donde está mi error, pues sí esto es así, no veo los beneficios.
Otra cuestión, ¿cual es la función de abogado y procurador a la hora de contactar con el Juzgado en cuestión tras haber resultado Adjudicatario de una
Subasta?, ¿que honorarios vienen a percibir por dichas funciones? y ¿no es posible acudir uno mismo al Juzgado y Hacerse con La Certificación de Adjudicación del bien que emite su Señoría.
Gracias de antemano por su atención.
Verán, soy nuevo en esto de las Subastas y estoy empezando a asesorarme. Mi duda es la siguiente, sí el Valor de Subasta de un Inmueble viene determinado por su Valor de Mercado, menos las cargas y gravámenes que sobre el mismo pesen según L.E.C., no veo donde puede estar el beneficio económico de adquirir dicho inmueble en Subasta, Me explicare con un ejemplo. :
Haciendo números redondos para una rápida comprensión del ejemplo en cuestión .-
Supongamos una vivienda cuyo Valor de Mercado es de 160.000 € y sobre la que pesa una Hipoteca de la cual se adeudan 60.000 €.
Dicha vivienda sale a subasta (si no he entendido mal y sin tener en cuenta intereses de demora, etc.), por 160.000 € - 60.000 € = 100.000 €.
Como para hacerse con el Remate se ha de pujar en Subastas Judiciales por el 70 % del Valor de Subasta, se haría una puja por 70.000 €.
Así pues, y de resultar el Adjudicatario de dicha Subasta, habría adquirido la vivienda por 70.000 € , más el compromiso de hacerme cargo de la Hipoteca de 60.000 €; por lo que resulta que el importe total de adquisición asciende a 130.000 €. O lo que es lo mismo, solo me he ahorrado
30.000 € o un 19% del valor total de vivienda.
Sí a estos números hemos de sumar al efectuar la "compra", I.B.I. y Cuotas Comunitarias adeudadas de los cuatro años anteriores, Notaria, I.T.P. , I.A.J.D., Registro, etc. (además de tener que contar con otros gastos y cargas, posible reparación de desperfectos o incluso reformas en la vivienda).
Y si además sumamos los gastos e impuestos al revender la propiedad, Notaria, I.R.P.F., Plus Valia, etc.
Por favor, expliquénme donde está mi error, pues sí esto es así, no veo los beneficios.
Otra cuestión, ¿cual es la función de abogado y procurador a la hora de contactar con el Juzgado en cuestión tras haber resultado Adjudicatario de una
Subasta?, ¿que honorarios vienen a percibir por dichas funciones? y ¿no es posible acudir uno mismo al Juzgado y Hacerse con La Certificación de Adjudicación del bien que emite su Señoría.
Gracias de antemano por su atención.