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Hipoteca Fija, FEIN, cancelacion parcial/total y subrogacion - CaixaBank
Hola
tengo algunas consultas sobre cancelacion parcial/total y subrogacion.. porque siento que no simples de entender en la FEIN
Del banco me dijeron que tengo cancelacion parcial/total 0% pero veo un diferencial de 0553% de perdida financiera...
- LA COMISIÓN DE REEMBOLSO ANTICIPADO: a) en caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial del préstamo durante los 10 primeros años de vigencia del contrato de préstamo, se establece una compensación o comisión a favor del prestamista que no podrá exceder del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir, con el límite del 0,000 % del capital reembolsado anticipadamente;
b) en caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial del préstamo desde el fin del período señalado en la letra a) hasta el final de la vida del préstamo, se establece una compensación o comisión a favor del prestamista que no podrá exceder del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir, de conformidad con la forma de cálculo prevista en el apartado siguiente, con el límite del 0,000 % del capital reembolsado anticipadamente.
LA PÉRDIDA FINANCIERA SUFRIDA POR EL PRESTAMISTA A LA QUE SE ALUDE EN LOS PÁRRAFOS ANTERIORES SE CALCULARÁ, PROPORCIONALMENTE AL CAPITAL REEMBOLSADO, POR DIFERENCIA NEGATIVA ENTRE EL CAPITAL PENDIENTE EN EL MOMENTO DEL REEMBOLSO ANTICIPADO Y EL VALOR PRESENTE DE MERCADO DEL PRÉSTAMO. EL VALOR PRESENTE DE MERCADO DEL PRÉSTAMO SE CALCULARÁ COMO LA SUMA DEL VALOR ACTUAL DE LAS CUOTAS PENDIENTES DE PAGO HASTA LA SIGUIENTE REVISIÓN DEL TIPO DE INTERÉS Y DEL VALOR ACTUAL DEL CAPITAL PENDIENTE QUE QUEDARÍA EN EL MOMENTO DE LA REVISIÓN DE NO PRODUCIRSE LA AMORTIZACIÓN ANTICIPADA. A LOS EFECTOS DEL CÁLCULO DEL VALOR DE MERCADO DE LOS PRÉSTAMOS SE CONSIDERARÁN ÍNDICES O TIPOS DE INTERÉS DE REFERENCIA, LOS TIPOS INTEREST RATE SWAP (IRS) A LOS PLAZOS DE 2, 3, 4, 5, 7, 10, 15, 20 Y 30 AÑOS QUE PUBLICARÁ EL BANCO DE ESPAÑA Y A LOS QUE SE AÑADIRÁ UN DIFERENCIAL. ESTE DIFERENCIAL SE FIJARÁ COMO LA DIFERENCIA EXISTENTE, EN EL MOMENTO DE CONTRATACIÓN DE LA OPERACIÓN, ENTRE EL TIPO DE INTERÉS DE LA OPERACIÓN Y EL IRS AL PLAZO QUE MÁS SE APROXIME, EN ESE MOMENTO, HASTA LA SIGUIENTE FECHA DE REVISIÓN DEL TIPO DE INTERÉS O HASTA LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.
SE APLICARÁ EL TIPO DE INTERÉS DE REFERENCIA DE LOS ANTERIORES QUE MÁS SE APROXIME AL PLAZO DEL PRÉSTAMO QUE RESTE DESDE LA CANCELACIÓN ANTICIPADA HASTA LA PRÓXIMA FECHA DE REVISIÓN DEL TIPO DE INTERÉS O HASTA LA FECHA DE SU VENCIMIENTO. EL DIFERENCIAL ES : 0,553 %.
Sobre subrogacion, ne ningun momento dice que es a 0%
Tiene Vd. la posibilidad de transferir este préstamo a otro prestamista. Este préstamo está sujeto a la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. Si lo desea, puede llevarse el préstamo a otra entidad de crédito y subrogarlo, sin el consentimiento de CaixaBank, S.A.
Esto es normal?
alquien que me guie.
Saludos
tengo algunas consultas sobre cancelacion parcial/total y subrogacion.. porque siento que no simples de entender en la FEIN
Del banco me dijeron que tengo cancelacion parcial/total 0% pero veo un diferencial de 0553% de perdida financiera...
- LA COMISIÓN DE REEMBOLSO ANTICIPADO: a) en caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial del préstamo durante los 10 primeros años de vigencia del contrato de préstamo, se establece una compensación o comisión a favor del prestamista que no podrá exceder del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir, con el límite del 0,000 % del capital reembolsado anticipadamente;
b) en caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial del préstamo desde el fin del período señalado en la letra a) hasta el final de la vida del préstamo, se establece una compensación o comisión a favor del prestamista que no podrá exceder del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir, de conformidad con la forma de cálculo prevista en el apartado siguiente, con el límite del 0,000 % del capital reembolsado anticipadamente.
LA PÉRDIDA FINANCIERA SUFRIDA POR EL PRESTAMISTA A LA QUE SE ALUDE EN LOS PÁRRAFOS ANTERIORES SE CALCULARÁ, PROPORCIONALMENTE AL CAPITAL REEMBOLSADO, POR DIFERENCIA NEGATIVA ENTRE EL CAPITAL PENDIENTE EN EL MOMENTO DEL REEMBOLSO ANTICIPADO Y EL VALOR PRESENTE DE MERCADO DEL PRÉSTAMO. EL VALOR PRESENTE DE MERCADO DEL PRÉSTAMO SE CALCULARÁ COMO LA SUMA DEL VALOR ACTUAL DE LAS CUOTAS PENDIENTES DE PAGO HASTA LA SIGUIENTE REVISIÓN DEL TIPO DE INTERÉS Y DEL VALOR ACTUAL DEL CAPITAL PENDIENTE QUE QUEDARÍA EN EL MOMENTO DE LA REVISIÓN DE NO PRODUCIRSE LA AMORTIZACIÓN ANTICIPADA. A LOS EFECTOS DEL CÁLCULO DEL VALOR DE MERCADO DE LOS PRÉSTAMOS SE CONSIDERARÁN ÍNDICES O TIPOS DE INTERÉS DE REFERENCIA, LOS TIPOS INTEREST RATE SWAP (IRS) A LOS PLAZOS DE 2, 3, 4, 5, 7, 10, 15, 20 Y 30 AÑOS QUE PUBLICARÁ EL BANCO DE ESPAÑA Y A LOS QUE SE AÑADIRÁ UN DIFERENCIAL. ESTE DIFERENCIAL SE FIJARÁ COMO LA DIFERENCIA EXISTENTE, EN EL MOMENTO DE CONTRATACIÓN DE LA OPERACIÓN, ENTRE EL TIPO DE INTERÉS DE LA OPERACIÓN Y EL IRS AL PLAZO QUE MÁS SE APROXIME, EN ESE MOMENTO, HASTA LA SIGUIENTE FECHA DE REVISIÓN DEL TIPO DE INTERÉS O HASTA LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.
SE APLICARÁ EL TIPO DE INTERÉS DE REFERENCIA DE LOS ANTERIORES QUE MÁS SE APROXIME AL PLAZO DEL PRÉSTAMO QUE RESTE DESDE LA CANCELACIÓN ANTICIPADA HASTA LA PRÓXIMA FECHA DE REVISIÓN DEL TIPO DE INTERÉS O HASTA LA FECHA DE SU VENCIMIENTO. EL DIFERENCIAL ES : 0,553 %.
Sobre subrogacion, ne ningun momento dice que es a 0%
Tiene Vd. la posibilidad de transferir este préstamo a otro prestamista. Este préstamo está sujeto a la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. Si lo desea, puede llevarse el préstamo a otra entidad de crédito y subrogarlo, sin el consentimiento de CaixaBank, S.A.
Esto es normal?
alquien que me guie.
Saludos