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Carga posterior - Subastas
Hola,
Una duda "sencilla". Estoy analizando una nota simple que contiene un embargo registrado a nombre de la hacienda publica Esta carga es posterior a la carga hipotecaria que lanza el procedimiento de subasta.
Es correcto afirmar que esta carga no es preferente y por tanto no se esta obligado a responder en una subasta judicial ?
Cito Literal
"Un EMBARGO a favor de la HACIENDA PUBLICA, por un total de xxxx euros de principal, intereses y costas, en virtud de procedimiento administrativo número 4318233XXXX. Anotación letra A con fecha trece de Septiembre del año dos mil dieciocho. Con esta misma fecha se ha expedido la CERTIFICACION de DOMINIO y CARGAS ordenada en el mandamiento. "
Una duda "sencilla". Estoy analizando una nota simple que contiene un embargo registrado a nombre de la hacienda publica Esta carga es posterior a la carga hipotecaria que lanza el procedimiento de subasta.
Es correcto afirmar que esta carga no es preferente y por tanto no se esta obligado a responder en una subasta judicial ?
Cito Literal
"Un EMBARGO a favor de la HACIENDA PUBLICA, por un total de xxxx euros de principal, intereses y costas, en virtud de procedimiento administrativo número 4318233XXXX. Anotación letra A con fecha trece de Septiembre del año dos mil dieciocho. Con esta misma fecha se ha expedido la CERTIFICACION de DOMINIO y CARGAS ordenada en el mandamiento. "