Re: Fiscalidad de andar por casa de preferentes
Las pérdidas patrimoniales, las puedes compensar con ganancias patrimoniales del mismo ejercicio o con las de los CUATRO años siguientes.
Saludos.
Las pérdidas patrimoniales, las puedes compensar con ganancias patrimoniales del mismo ejercicio o con las de los CUATRO años siguientes.
Saludos.
Se que puede sonar raro, pero ¿Se puede "optimizar" fiscalmente tu declaración de la renta vendiendo parte de tu cartera (la que tiene perdidas) a, por ejemplo, tu mujer? Así compensas con las ganancias del ejercicio. ¿Merece la pena (comisiones,quebraderos de cabeza de abrir cuentas,...)?
Es una pregunta metafísica que se me acaba de ocurrir. Quizá una tontería...
Abrazos
Entiendo que si existe separación de bienes, como se realiza a precios de mercado fiscalmente sería posible. Pero eso si, cada uno debería tener su patrimonio separado y no entrar en alguna figura de donación, porque de otro modo sería más caro el collar que el galgo.
Suscribo lo que comenta asdebastos.
Saludos.
Gracias a los dos pero... ¿Que tiene que ver la separación de bienes? Con que hagas las declaraciones por separado debería ser suficiente no? Yo las rentabilidades de mis acciones vienen a mi nombre y las de mi mujer al suyo. Si hago la declaración separada (como la suelo hacer por la deducción de vivienda) las rentabilidades, plusvalías y minusválidas son nominativas de la persona dueña de los bienes o me he perdido algo?
Gracias. Abrazos.
Si estás en régimen de gananciales da lo mismo que estén a tu nombre que al suyo, los bienes son de los dos. Por lo tanto no te puedes vender a ti mismo (la sociedad de gananciales a la sociedad de gananciales).
Las rentabilidades de las acciones (y cualquier otra información) irán a nombre de quien haya contratado, pero es el titular de los valores quien debe indicar si son valores privativos o gananciales.
Gracias asdebastos. Como siempre un placer.
Abrazos