Re: Herederos legales en una póliza de vida
Muchísimas gracias a todos por vuestro interés y conocimientos.
Creo que me ha quedado claro; en el caso que yo planteaba, la solución sería la siguiente:
Aunque en el testamento se designe heredera universal de todos sus bienes a la esposa, como en las condiciones particulares de la póliza indica que los beneficiarios son los herederos legales; la indemnización de la póliza la deben cobrar las personas que figuren en la declaración de herederos, es decir los hijos ( que los hay), por mucho que el testamento indique heredera universal:la esposa, ( el testamento no hace ninguna mención expresa a la póliza de vida).
Mil gracias, y saludos cordiales