Re: Condena a peatón
1º.- Gracias por la confianza, pero cuidado que los que escriben en los foros que se la dan de expertos y a veces no tenemos ni idea.
2º.- Mira tus condiciones generales garantia DAÑOS AGUA. Si pone reventón rotura o atasco de las conduciones del edificio, MAL VAMOS. Llevan razón y te lo comes tu solo
3º.- Si por el contrario no indican que sea conducciones del edificio, tienes abierta la puerta para indicar que el siniestro es de cobertura por agua y que reclamen al causante.
4º.- Pongamos que no estan de acuerdo con lo que expongo. Muy facil que te envíen Perito y reclamente al causante, tanto Comunidad (que no les corresponde) como al Ayuntamiento.
Y ya has resuelto el problema, la poliza de RC del ayuntamiento estará con tus amigos de mapfre y a pagar.
O como vives donde vives, lo mismo le corresponde al CYII y entonces tambien a pagar por RC. en este caso de forma directa pues tienen franquicia de muchos decenas de miles, pero atienden los siniestros.
un saludo.