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Duda seguro accidente con alcoholemia .

14 respuestas
Duda seguro accidente con alcoholemia .
Duda seguro accidente con alcoholemia .
#1

Duda seguro accidente con alcoholemia .

Buenas a todos, os explico; en julio de este año cambié de seguro de coche ya que en internet encontre una buena oferta y a traves de ese medio realicé la solicitud y el contrato del mismo.

A mediados de agosto sufrí un pequeño golpe en una rotonda contra otro vehiculo el cual sufrio abolladura puerta lateral (el mio tiene un roce), yo habia bebido antes del accidente y di positivo arrojando una tasa de 0,37(cometi una imprudencia y soy consciente de mi error) la chica dijo que tenia molestias en las cervicales y fue al medico por sus propios medios , al cabo del tiempo me dice mi abogado que el mismo dia que fué al medico le dieron el alta , pero que el forense le concedió 14 dias de rehabilitacion que tengo que asumir mas todos los gastos del acidente.

La compañia se va hacer cargo de los gastos que posteriormente me van a pasar a mi,el caso es que mirando los correos con la compañia veo que la póliza me la mandan el 1 de septiembre (despues de sufrir el accidente) y es ahi donde se refleja en la clausula el hecho de que si tienes un golpe y das positivo no te cubre, cosa que no me consta a mi antes del accidente a sabiendas de que yo pudiese tener un percance en ese estado.
Tambien decir que la poliza no me la mandaron devolver firmada , solo vi que en el contrato donde pone firma que está mi nombre sin firma.
Se que se hizo una grabacion pero no me consta tampoco alusion alguna al hecho de que ir bebido y tener un golpe no me cubra.
Espero vuestra opinion .

#2

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

Buenos días,
Que algún compañero me corrija si estoy equivocado, pero hasta donde yo conozco todas las compañías tienen esa cláusula de exclusión de cobertura para los supuestos en los que el accidente se produzca estando el conductor bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes, precisamente estableciéndose como límite la tasa de alcohol permitida por la legislación vigente. Que actualmente son 0,5 g/litro en sangre, 0,25 mg/litro en aire espirado.

Por lo que tanto en el seguro anterior, como en el nuevo es altamente probable que exista esa cláusula de exclusión, sobre el hecho de que no devolvieras la póliza firmada, entiendo que no es relevante en este caso, ya que según mi punto de vista ya se ha perfeccionado el contrato en el momento en que diste tu consentimiento por teléfono. Es un seguro pagado y en vigor.

De todas maneras consúltalo con tu abogado a ver que dice, yo personalmente no le veo mucha viabilidad a lo que propones.

Has aprendido una lección de vida, y has tenido suerte de que no hubiera consecuencias más graves... Un saludo

#3

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

La clausula que has mencionado me consta en el momento posterior al accidente que es cuando me mandan la poliza al correo(por aclarar)

#4

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

Ya entendí, pero debes entender que ningún seguro te va a cubrir los accidentes que puedas provocar conduciendo bebido/drogado... o tu pensabas que eso si que suele cubrir?

#5

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

A ver, ahora te toca asumir tu responsabilidad por conducir con tasa positiva.... no busques disculpas y asume lo que te toca. Ya sé que muchos lo hacemos igual pero tu sabes que no puedes conducir en esas circunstancias.... dicho esto, lo de la tasa de alcohol y el seguro no tiene nada que ver cuando has recibido la documentación.... está excluido por ley por lo que lo que dice tu seguro no es más que recoger una exclusión establecida en la Ley Sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.

#6

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

Lo que me estais comentado lo entiendo perfectamente, pero yo intento saber por qué mi cia no me advirtió antes de realizar el contrato de ese punto y si tiene la responsabilidad de hacerlo desde el momento en que estoy asegurado con ellos.
Me explico? .....sino ya consultare con un abogado en derecho civil experto en seguros.
Feliz año!!!

#7

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

..se me olvidaba darte las gracias messenger1

#8

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Feliz año!

#9

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

donde esta esa ley en el codigo civil sobre contratos en el que se aluda a una tasa de alcoholemia positiva.....eso es una clausula no una ley.

#10

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

yo no discuto que a esa persona y demas agravios se hayan de resarcir lo que pongo a debate es el contrato en sí.
saludos.

#11

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

El contrato en si no tiene discusión porque no hace mas que transcribir lo que establece una ley a tu póliza de seguro por eso es igual en todas las pólizas de automóvil del mercado (tenías esa misma cláusula en tu anterior póliza, la tienes en ésta y si el año que viene te cambias de aseguradora la tendrás igual).
No se trata de una condición particular o especial que la aseguradora haya negociado contigo, de ahí que no sea relevante que se te haya informado expresamente de esa cláusula de forma previa a la contratación del seguro.

Y como te decía en mi anterior post, el desconocimiento de una ley (en este caso la Ley Sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor) no exime de su cumplimiento por lo tanto no considero que tu aseguradora haya hecho algo de forma incorrecta.

Un saludo

#12

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Artículo 10. Facultad de repetición.

El asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir:

a) Contra el conductor, el propietario del vehículo causante y el asegurado, si el daño causado fuera debido a la conducta dolosa de cualquiera de ellos o a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

En aplicación de este artículo tu compañía repetirá contra ti.

#13

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

Difícilmente ganarás algo yendo a juicio, aún no habiendo plasmado tu firma en cada una de las hojas de tu póliza, la jurisprudencia da mayoritariamente la razón a las aseguradoras en casos como el tuyo.Desearte suerte aún así si persistes, y no vuelvas a cometer el error dos veces, porque cuando vuelvas asegurarte te darán un susto!!! Pero bueno, cuántos muchísimo peores, sin carnet, por tenerlo retirado, no están conduciendo con el seguro de un familiar y sin haber aprendido de los errores vuelven a tener otro siniestro? Aprende, suerte y feliz año

#14

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

Ya te han respondido varias veces y creo que la respuesta es clara. Pero mi duda es otra,¿cómo contrataste el seguro sin leer el póliza? Supongo que tendrías acceso a la póliza desde la web donde lo contrataste ¿verdad? Yo por lo menos, la última póliza la leí entera antes de firmar y además le pregunté a mi mediador los artículos que no entendí y me los explicó.

#15

Re: Duda seguro accidente con alcoholemia .

A ver, Gtc79 te lo voy a volver a decir.... es una LEY la que dice eso. Lo que hace tu contrato es recoger todo lo referente al seguro obligatorio de automóviles (responsabilidad civil obligatoria) que está regulado por la Ley sobre Uso y Circulación de Vehículos a Motor.... vamos que en concreto en este caso el hecho de que hubieses recibido o no la documentación, que hayas firmado o no la aceptación de las cláusulas, etc. no te eximen de nada.... ve haciendo hucha por si tu aseguradora ejecuta su derecho de repetición contra ti.