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Yo me voy de la mutua

2 respuestas
Yo me voy de la mutua
Yo me voy de la mutua
#1

Yo me voy de la mutua

Un siniestro en un piso arrendado por filtraciones al vecino de abajo. Se localiza que la filtración es porque se ha deteriorado el sellado del plato de ducha. La Mutua Madrileña Automovilista no se hace cargo por tratarse de falta de mantenimiento. Después de 4 meses de retraso, te nener que pagar yo a los pintores, está en fase reclamación judicial por incumplimiento de contrato. Parece que es algo común con MMA, buenos precios pero mucho peor servicio. YO ME VOY DE LA MUTUA, este es el slogan.
#2

Re: Yo me voy de la mutua

No se hace cargo de sellar la junta..eso tiene un pase..

Pero no cubren los daños a tu vecino?

Joder con la mutua 
#3

Re: Yo me voy de la mutua

Buenos días Mratonya:
En primer lugar, las contrataciones hechas  de manera "llama al Teléfono" ...........un teléfono que en todos los casos es "impersonal", y dicha contratación, conlleva todos estos problemas que perjudican tanto a la persona que contrata el seguro, como al tercero dañado. 
Mi consejo, tus bienes tienes que protegerlos a través de la comunicación y contratación con un buen profesional, que primero tengas toda la información de lo que vas a contratar y en base a ello contrates, va a ser de una manera personalizada y vas a tener un teléfono personal donde dirigirte y poder hablar directamente con la persona que te hizo la póliza.

Depende de si eres inquilino o propietario, y como tal, tengas la cobertura de continente o no, depende en definitiva de las garantías que tengas en tu póliza etc...

Se está hablando de dos cosas distintas a mi entender:
  1. Deterioro del sellado del plato de la ducha, que lo justifican como falta de mantenimiento, y si no lo cubre, no es más que sellar de nuevo el plato de ducha por tu parte, poco coste
  2. Daños por dicha filtración al vecino, que es lo que se denomina daños a un tercero

La primera parte, "es discutible" ya que depende de lo que tu contrato de hogar establezca como daños propios por agua/filtraciones, reparación y localización de avería etc....siempre y cuando tengas contratado un capital de continente ( elementos que conforman la estructura de la vivienda, como los cimientos, los muros, los techos y, en definitiva, todos aquellos elementos fijos que no se pueden extraer sin dañar la estructura de la vivienda)
La segunda parte, el hecho de que a tu vecino esa filtración le haya causado daños, no tiene explicación de no cobertura.
Le responsabilidad civil del inmueble, hace referencia a los daños que la vivienda pueda ocasionar a un tercero, en este caso tu vecino, y es esta garantía la que tiene que aplicar tu compañía, siempre y cuando esa garantía de RC, la tengas contratada.
Un cosa es que no te cubran el sellado de tu plato de ducha y otra muy distinta es que no se hagan cargo del daño ocasionado a tu vecino.
Epero, Mratonya, que hayas esperado un tiempo prudencial, hasta que dicha filtración haya podido secarse, que es lo que hacen muchas compañías, para proceder a pintar el mal dañado y no salgan humedades.

Espero también que todo te salga bien y la compañía pague el gasto que has desembolsado en arreglar el daño causado por dicha filtración
Saludos


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