Acceder

Cesión derechos en seguro hogar

5 respuestas
Cesión derechos en seguro hogar
Cesión derechos en seguro hogar
#1

Cesión derechos en seguro hogar

A la hora de cambio de compañía aseguradora y de póliza de hogar con cesión de derechos a favor de Cajamadrid...¿es necesario que el banco de "visto bueno", o basta con que este cubierto el capital pendiente y mandarlo por correo a la oficina?
Lo digo porque desde la oficina me avisaron de que tendría que pasarme por allí para firmar un documento conforme a partir del día X, la anterior póliza quedaba cancelada y entraría en vigor la nueva. Digo yo que con enviar la cesión de derechos de la nueva ya bastaría, ¿no?.

#2

Re: Cesión derechos en seguro hogar

como a la entidad no le conviene que tú hagas una póliza en otra compañía ajena a sus interesas (supongo que es el caso), pondrán todos los inconvenientes habidos y por haber; o sea, tendrás que ir en persona e incluso todos los titulares del préstamo ...

Otro de los inconvenientes clásicos, es que te obliguen a asegurar en CONTINENTE, una cantidad idéntica a lo que resta de hipoteca, siendo del todo innecesario en la mayoría de los casos, dado que con menor cuantía asegurada, suele quedar perfectamente cubierto el CONTINENTE.

suerte!

#3

Re: Cesión derechos en seguro hogar

Ese es el caso. El seguro cubre el capital pendiente y el continente, por eso no hay problema.
Cuando uno quiere cambiar de compañía (por coberturas y precio) parece que esté haciendo algo malo. Te tratan como si fueras un delimcuente. Eso es lo que me toca al moral. No me da la gana de ir a la oficina bancaria y tener que aguantar las memeces y preguntas vacías de contenido pertinentes.

#4

Re: Cesión derechos en seguro hogar

hola,
quizas te hagan pasar para firmar la baja, y tambien para intentar convercerte... Pero una vez que tengas la copia de tu poliza con el capital de continente que te exigen se la das y listo.
Un saludo.

#5

Re: Cesión derechos en seguro hogar

Hola Galagulin.

El trámite para cambiar tu seguro de entidad es simple, has de avisar por escrito con un mínimo de dos meses de antelación a la renovación del periodo de cobertura, salvo que en las condiciones de tu seguro diga que sea con fecha inferior, es decir y por ejemplo, un mes. Pero lo normal son dos meses.

Presentas dos copias de dicha solicitud y fotocopia del DNI del tomador y que sellen ambas copias como comprobante de la entrega de la documentación pertinente y en plazo establecido.

Si comentan que el nuevo seguro ha de tener los derechos de cesión a favor de la compañía crediticia, se hace y ya está, al igual que si se solicita que el capital de continente sea uno en concreto, cosa que de ser así ha de aparecer su valor de seguro en escritura hipotecaria.

Esto siempre que el valor de continente, en caso de pedir asegurar el pendiente del préstamo, éste sea inferior al recomendado para la vivienda, es decir, si el pendiente de amortizar es de 50.000€ y el valor de continente recomendado para para la vivienda es de 80.000€, asegura 80.000€ o podrás pecar de infraseguro.

Posteriormente de haber hecho la nueva póliza se la muestras o bien les llevas dos copias una la entregas y la segunda que la sellen como entregada o mostrada.

En el caso de que no se pueda hacer la nueva póliza con la antelación deseada, se puede emitir un proyecto con compromiso de emisión de la nueva póliza. Se le presenta a la entidad y posteriormente se muestra la póliza emitida, cuando ésta pueda hacerse.

Hay que hacer un par de viajes a la Caja, pero es lo mejor si queremos cambiar de seguro.

Un saludo.

#6

Re: Cesión derechos en seguro hogar

Gracias. Tendré en cuenta vuestros consejos.

Guía Básica