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Participaciones del usuario Barray

Barray 31/07/23 23:23
Ha respondido al tema ¿Broker CFD regulados con apalancamiento superior a 1:30?
En realidad todo depende de lo que sea el CFD. Debería haber un límite máximo de apalancamiento particularizado caso por caso, en lugar de esos límites genéricos que en unos casos se pasan y en otros se quedan cortos. Como mínimo una clasificación de los tipos de activos más exhaustiva. Pero claro, eso debió parecerles mucho trabajo a los reguladores. También se podrían haber referido a una tabla por ejemplo, no esos límites grabados en piedra. No son lo mismo acciones del Santander que las de un chicharro, por poner un ejemplo, que puede igual quebrar como irse por las nubes sin despeinarse. Lo mismo pasa con con el resto de activos, los hay más arriesgados o menos arriesgados, y el límite de apalancamiento no debería ser el mismo para todos.
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Barray 30/07/23 08:05
Ha respondido al tema ¿Broker CFD regulados con apalancamiento superior a 1:30?
Sí, están mandando cartas pero en el caso de los CFDs no cambia prácticamente nada sobre lo que ya había.En el caso de futuros y opciones, lo que se prohíbe en general es permitir apalancamientos mayores que los que te dicen los mercados de futuros. Se prohíben las garantías intradía inferiores a esto o a la regulación de los CFDs.En futuros y opciones todo está más que regulado. El problema es cuando los brokers ponen los apalancamientos, que es lo que pasa con los CFDs y con las garantías intradía. Que los brokers se inventan las garantías.
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Barray 30/07/23 00:31
Ha respondido al tema ¿Broker CFD regulados con apalancamiento superior a 1:30?
No veo que la CNMV en la normativa nueva  que ha sacado diga eso que dices.La normativa nueva dice que se limita la publicidad, los cursos etc de CFDs para limitar la captación agresiva de clientes pero no veo que limiten más el apalancamiento con respecto a la regulación actual. No veo eso del 50% y el 50% del 50% por ninguna parte ¿dónde dice eso?
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Barray 15/10/15 20:43
Ha comentado en el artículo iBroker y Promoción TradeCoaching
Quisiera expresar que del artículo se puede interpretar que el dinero de los clientes no está seguro en los brokers, por la manera en que está redactado sobre todo los primeros párrafos; si nos atenemos al caso de Interdin no ha sido así, al menos para aquellos saldos de menos de 100.000 euros. La verdad es que sí que es cierto que el broker sale mal parado con la interpretación que se ha dado en el caso de Interdin, y lo arrastra al concurso de acreedores. El artículo va de brokers, no de clientes. Simplemente una puntualización en este sentido habría clarificado el artículo. En el caso de Interdin, todos los saldos de los clientes hasta 100.000 euros han sido cubiertos por el FOGAIN, el Fondo de Garantía de Inversiones. La mayor parte de los clientes han recuperado su dinero. Este tipo de artículos favorecen a los brokers tipo Renta 4 y Bankinter, que son bancos, pero que cobran unas comisiones mucho más altas que los brokers que no son bancos, que sin embargo pueden ser igualmente seguros, claro está para aquellos saldos hasta 100.000 euros vuelvo a repetir, aunque no les cubra el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) les cubre el FOGAIN. Si alguien tiene más de 100.000 euros es un riesgo, pero en un banco también, pues si quiebra el banco sólo te cubre el FGD hasta 100.000 euros. Por tanto la conclusión es que de una manera u otra el cliente está cubierto hasta por 100.000 euros, si no es por el FGD será por el FOGAIN. Además un tema que no se menciona en el artículo al no hablar del FOGAIN es que este fondo se cubre con las aportaciones de todos los bancos y sociedades de inversión, para mi esto da una seguridad muy importante, por lo que desde mi punto de vista es bastante más solvente que el FGD, pero eso ya es una opinión a nivel particular que no tiene por qué ser cierta. Esto con respecto al dinero en efectivo, pero si el dinero está en fondos de inversión o en títulos (acciones, bonos, etc), nadie en ningún momento ha cuestionado que sean de los clientes, y ahí no hay límite, sean 100.000 euros, o 100.000.000 de euros. Hay que tener cuidado al escribir este tipo de artículos que lo único que hacen es meter miedo al inversor, aunque no sea la intención. Obviamente quien tenga mucho dinero tendrá que diversificar en bancos y en brokers, pero tampoco debemos cuestionar la seguridad y confiabilidad del dinero confiado a los brokers españoles, aunque sea por mala interpretación de un lector mal informado.
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Barray 21/05/15 01:30
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Sobre qué pasa si el FOGAIN se queda sin dinero, según el RD 948/2001, artículo 8 punto 7, que está colgado en la web del FOGAIN, https://www.fogain.es/informacion-sobre-el-fogain/regulacion, se pasaría una derrama a las entidades que participan en el fondo. Según veo en este RD, tal como está redactado, en el caso del FOGAIN, mientras haya entidades adheridas que paguen, habrá dinero. Es un decreto algo antiguo, pone 20.000 € como indemnización en lugar de los 100.000 € actuales, pero parece que es el vigente por lo menos es el último que figura en la página web del FOGAIN. Así que aunque los brokers y bancos están mirando esto de momento desde la barrera, si los administradores concursales siguen erre que erre, lo mismo algo les cae.
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Barray 19/05/15 22:55
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Yo también me alegro de que por fin les vayan a ajustar los tornillos a los administradores concursales. Los de más de 100.000 euros, que me extrañaba muchísimo su inacción, eran los principales interesados en que su dinero se separara de la masa concursal. Y la CNMV tres cuartas de lo mismo, que está en juego mucho. Lo que me ha sorprendido de las declaraciones de Elvira según el enlace http://www.expansion.com/empresas/banca/2015/05/19/555b0668ca474155768b457e.html, es su parecido con el comentario 3026 de Pilgrim http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2710922-interdin-concurso-acreedores-banco-madrid?page=202#respuesta_2790819, cuando he leído que la Ley Concursal no es la Constitución, que es simplemente una ley ordinaria. ¿No creéis que lo mismo Dña. Elvira nos lee? ;-) Dice en el artículo que el tema va subiendo de tono ... hasta que explote. Lo que me alegro es que nosotros ya estamos cubiertos, bien protegidos por el FOGAIN, vamos a ver cómo se desarrollan los acontecimientos desde la barrera :-) Y la declaración de insolvencia de la CNMV no significa concurso para Interdin ... que yo sepa Interdin sigue en preconcurso ... ¡a ver si al final lo salvan! Dña Elvira, métales caña a los Administradores Concursales y salve a Interdin, ¡que no hay broker en España igual!
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Barray 17/05/15 02:12
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Tenemos mucha suerte, vamos a cobrar del Fogain, somos pocos, no tardarán mucho en pagarnos a todos. Seamos sinceros, para nosotros mejor el Fogain que el FGD, vamos a cobrar antes que ellos, sobre todo visto el lío que tienen montado. El problema ahora lo tiene la CNMV, las cuentas ómnibus y los fondos de inversión como instrumento seguro fuera del balance de los bancos son papel mojado; hemos visto que un administrador concursal se pasa la Ley del Mercado de Valores y la CNMV por el forro y no pasa nada. O se refuerza a la CNMV y se arregla este entuerto legal poniendo a los administradores concursales en su sitio o no será seguro invertir en este país.
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Barray 11/05/15 22:41
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Estoy de acuerdo contigo. Creo que ni la CNMV era consciente de lo poca autoridad que tiene, han intentado por todos los medios que se cumpliera su interpretación de la ley pero no lo han conseguido. Me acabo de leer el comunicado de la CNMV http://www.cnmv.es/portal/verDoc.axd?t={bc6ff73b-f8dc-44a5-888d-b4dcc3d4dffa}, que dice que empezaron con los trámites para que nos cubriera el FOGAIN el 8 de abril, pero los administradores concursales se hicieron los remolones a contestar sobre la individualización de las cuentas y por eso no han podido sacar el comunicado hasta ahora, porque todavía cabía la posibilidad de que los administradores se avinieran a razones. Yo lo que espero es que el FOGAIN, o la misma CNMV, después de pagarnos a nosotros, vaya a por la administración concursal, y pelee por el dinero. Son 22 millones de euros de nada, creo que merece la pena ... Y no sólo por el dinero. Si el FOGAIN o la CNMV litigan, y ganan, para siguientes casos directamente pagará el FGD.
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Barray 11/05/15 19:24
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Lo acabo de escuchar en la radio ¡por fin nos devuelven nuestro dinero! :-) La duda es ... ¿lo hacen directamente en cuenta? Entiendo que a la cuenta bancaria asociada ¿cuánto pensáis que tardarán?
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