Buenos días, Podrás presentar una declaración rectificativa del IRPF (modelo 100) del año en el que, teniendo derecho a ello, no aplicaste la deducción. Asimismo, recomendamos presentar un escrito de solicitud de ingresos indebidos ante la AEAT reclamando la deducción. Cualquier duda puedes contactar conmigo en mi correo: [email protected],
Si, no hay problema siempre y cuando indiques el número de referencia del requerimiento. Enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/puedo-contestar-requerimiento-presentar-documentacion/gestiones-requerimientos.htmlPuedes seleccionar la opción de aportar documentación complementaria. Indica el número de expediente y, para mayor tranquilidad, puedes hacer un pequeño escrito de una hoja indicando (ejemplo)Yo, …. con dni …. Y domicilio en … expongo: 1. Que en fecha …… recibí requerimiento con número de referencia….2. Que no pude aportar toda la documentación solicitada dentro de plazo por haber necesitado más tiempo para recopilarla….. 3. Que mediante el presente escrito procedo a aportar la documentación….(descripción) con la intención de que acumule al expediente arriba referenciadoEn virtud de lo expuestoSolicitoQue, se admita el presente escrito junto con los documentos adjuntos y tras los trámites oportunos se tenga por atendido el requerimiento arriba referenciado…. Espero que te sea útilSaludos
Podrás declarar exenta la ganancia en el IRPF en proporción al importe reinvertido del precio de venta, siempre y cuando la nueva vivienda vaya a ser adquirida para ser vuestra vivienda habitual. Efectivamente, la Administración es estricta con los plazos de reinversión (debes reinvertir el dinero en un plazo máximo de 2 años desde la venta).
Hola, No existe ninguna vía para solicitar el mantenimiento de la tarifa plana si te encuentras fuera de plazo. Si la solicitas fuera de plazo, la CAM no te resuelve y se entiende desestimada. Lamentablemente, no se informó mucho de este beneficio y muchos autónomos han perdido la oportunidad de disfrutarla. Saludos,
Sí, tendrías obligación de presentar declaración. El mínimo se subió a 12.643 euros, para el supuesto de que los RT procedan de más de un pagador, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes, superen la cantidad de 1.500 euros, como es tu caso. Además, ten en cuenta que al haber recibido dinero del ERTE, no se te han practicado retenciones a efectos del IRPF por lo que es posible que la declaración salga a pagar. Saludos.
La Administración iniciaría el procedimiento de gestión tributaria mediante requerimiento de información tan pronto observe cualquier discrepancia en los datos declarados. De no iniciar el procedimiento, procederán a practicar la devolución con anterioridad a 31 de diciembre. Saludos.