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Ccc333 24/10/17 22:09
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
España es un país opresor y antidemocrático que no respeta los derechos de los ciudadanos, por eso Cataluña quiere la independencia. El problema de España es que si Cataluña se independiza lo que queda no vale nada (en 2009 era la 8ª potencia económica mundial y ahora sólo es la 13ª y bajando, con el 26% de la población en riesgo de pobreza).
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Ccc333 24/10/17 21:38
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
¿delincuentes catalanes?  Querrás decir delincuentes españoles. Menuda verguenza enviar a 10.000 violentos policias a pegar a personas pacificas por sólo querer ejercer su derecho a voto el 1 de octubre!!!! 850 indefensas personas fueron golpeadas y agredidas!!! ¿Esto es una democracia? España está en decadencia (en 2009 era la 8ª potencia económica mundial y ahora sólo es la 13ª y bajando, con el 26% de la población en riesgo de pobreza) y Cataluña acabará siendo independiente, aunque España no quiera dentro de muy poco. tiempo. España es un país pobre y Cataluña es un país rico (la cuarta región más rica de Europa) por eso España tiene miedo que Cataluña se independice. Si Extremadura, Galicía o Andalucía se quisieran independizar no habría problema porque el resto de España tiene que alimentarlas por ser tan pobres.
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Ccc333 09/10/17 00:58
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Totalmente de acuerdo contigo, ezkaurre. Es más, a mi me parece una barbaridad esta sentencia porque crea un gravísimo precedente: A partir de ahora cualquier acreedor que no firme e impugne un acuerdo de hologación de refinanciación recuperará el 100% de su deuda más intereses. Me parece absurdo porque de esta manera todas las empresas que entren en preconcurso o concurso de acreedores se liquidarán y desaparecerán, ya que todo el mundo querrá recuperar el 100% de su deuda (más intereses). Yo me leí las 64 páginas de la sentencia con detenimiento y está todo muy claro: Abengoa debe pagarles el 100% de su deuda de forma inmediata más intereses. Los comentarios de los impugnantes dicen eso y los comentarios de Abengoa también van por ahí, aunque piden aclaraciones al juez por si suena la flauta y cambia la sentencia a algo más favorable. Incluso la sentencia comenta que no sería posible que los impugnantes sufrieran una quita del 70% como todos los demás (el 95% de los acreedores que firmaron). El juez no responde a las aclaraciones de Abengoa porque considera que la sentencia está muy clara. El juez considera que sólo hay 2 posibilidades: Que los impugnantes sufran una quita del 0% o del 97% que es la que sufrieron por no firmar el acuerdo de homologación de la refinanciación. Por ahora el final de la sentencia y sus consecuencias no están nada claras, ni la deuda que hay que pagar por parte de Abengoa ni que hará Abengoa para solucionar y aclarar el tema.
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Ccc333 08/10/17 20:16
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
El juez dice en la sentencia que a los acreedores que impugnan el acuerdo de homologación de la refinanciación no deben sufrir quita ninguna, es decir, 0% de quita, y que por lo tanto Abengoa debe pagarles el 100% de su deuda de forma inmediata más intereses, por un importe de 72 millones de euros a corto plazo y de 100 millones a largo plazo, que puede llegar a 216 millones si se ejecutan unos avales. El lado positivo es que la deuda vieja es de 2.570 millones de euros y si ésta aumenta por encima de 2.700 millones, la quita que se aplicaría a los acreedores sería del 80% en vez del 70%, estamos hablando de unos 900 millones más de quita que compensaría los 216 millones de deuda que reclaman los impugnantes en caso de que se ejecutaran los avales. http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/8366314/05/17/Los-acreedores-de-Abengoa-esquivan-una-quita-del-10.html%3Cbr%3E
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Ccc333 02/10/17 22:06
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
El juez no menciona cuándo devolver la deuda a los que impugnaron, lo que ocurre es que esa deuda si no entra dentro del acuerdo de homologación de la refinanciación, que fija los plazos de devolución de la deuda refinanciada, se convierte en vencida y por lo tanto es exigible, es decir, que hay que pagarla inmediatamente, y si no se hace pues el acreedor puede exigirlo acudiendo a los tribunales y si la empresa no paga puede llegarse al concurso de acreedores. El asunto no queda relegado a devolución cuando se page toda la actual deuda ya que la deuda ya estaría vencida y es exigible ya, es decir, que hay que pagar inmediatamente porque te lo pide el acreedor, otra cosa es que el acreedor se conforme con cobrar dentro de 10 años, que es muy improbable. El juez debe rectificar en las aclaraciones que le hja pedido Abengoa, porque de lo contrario se cometería una barbaridad al crear un precedente muy peligroso, ya que a partir de ahora, será suficiente que cualquier acreedor no firme el acuerdo de refinanciación para que no se le aplique ninguna quita y pueda cobrar toda su deuda de forma inmediata más intereses. Y si en un concurso de acredores ningún acreedor acepta una quita de su deuda, todas las empresas que entren en concurso de acreedores se liquidarían. Repito que la decisión del juez es absurda y lo lógico es que en las aclaraciones que le ha pedido Abengoa solucione el sinsentido que ha montado, con lo que la acción de Abengoa se recuperará.    
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Ccc333 02/10/17 21:35
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Impugnaciones contra el acuerdo de homologación de la refinanciación Me he leído con detenimiento las 64 páginas de las impugnaciones contra el acuerdo de homologación de la refinanciación. Con ello he conseguido que me cuadre todo lo que dice Abengoa, las fuentes financieras, los impugnantes y los periódicos. Todo queda muy claro y comprensible. Primero hay que clarificar que los términos de Reestructuración Alternativos fijaban una quita del 70% para los que firmaron el acuerdo de homologación, mientras que los términos de Reestructuración Estándar, que se aplicaba a los que no firmaron el acuerdo (y por eso hubo acreedores que impugnaron ese acuerdo), fijaban una quita del 97%. También habían diferencias en el plazo de cobro de la deuda y otros asuntos de menor importancia. El caso de un acreedor que impugna el acuerdo llamado Haitong, clarifica todo el asunto: La página 4 dice: "Con fecha de 5 de diciembre de 2.016, la Procuradora de los Tribunales doña María del Pilar Cabello Sánchez, en nombre y representación de Haitong Investment Ireland, PLC. (en adelante "Haitong"), presentó demanda de impugnación de la homologación instando, al margen de lo ya resuelto en el procedimiento: "2º) (...) se estime que la extensión de los efectos del acuerdo de refinanciación a los acreedores financieros disidentes exige un sacrificio desproporcionado a Haitong Investment Ireland, PLC., por los motivos aducidos en la presente demanda incidental, y en consecuencia se acuerde que los efectos del acuerdo de refinanciación impugnado no se extiendan a dicha sociedad; 3º) Y más subsidiariamente, en caso de que no se estime que la extensión de los efectos del acuerdo de refinanciación exige un sacrificio desproporcionado a Haitong Investment Ireland, PLC, que se le permita adherirse a los términos alternativos de reestructuración previstos en el acuerdo de refinanciación, por los motivos aducidos en la presente demanda incidental". La página 63 dice: "la estimación de la impugnación de "Haitong" impide que pueda valorarse su petición subsidiaria relativa a "que se le permita adherirse a los términos alternativos de reestructuración previstos en el acuerdo de refinanciación", lo cual, además no hubiera sido estimable por exceder de las posibilidades que confiere la Disposición Adicional Cuarta, que no permite efectuar imposición alguna al deudor". COMENTARIO: El juez deja muy claro que a los acreedores que impugnan el acuerdo de homologación de la refinanciación porque sufren una quita del 97% que consideran desproporcionada no se les puede aplicar la quita del 70% de los que firmaron el acuerdo en base a la Disposición Adicional Cuarta, que no lo permite. Así las cosas, el juez debe decidir si los acreedores que impugnan el acuerdo deben sufrir una quita del 97% o del 0%, en base a si ese 97% resulta desproporcionado. En la página 29 el juez concluye que ese esfuerzo si fue desproporcionado: "del plan de viabilidad se desprende que la quita prevista como necesaria era del 70% (80% si se producía un determinado nivel de cristalización de créditos contingentes), lo que fue confirmado tanto por el Sr. Elias Julio como por el Sr. Saturnino Isaac , e incluso por el perito, don Carmelo Urbano , que declaró que según el plan de viabilidad era posible pagar el 30% del pasivo financiero total". En base a todo ello, el juez sentencia que a los acreedores que impugnan el acuerdo de homologación de la refinanciación no deben sufrir quita ninguna, es decir, 0% de quita, y que por lo tanto Abengoa debe pagarles el 100% de su deuda de forma inmediata más intereses, por un importe de 72 millones de euros a corto plazo y de 100 millones a largo plazo, que puede llegar a 216 millones si se ejecutan unos avales. Así las cosas, esta sentencia crea un precedente muy peligroso, ya que a partir de ahora, será suficiente que cualquier acreedor no firme el acuerdo de refinanciación para que no se le aplique ninguna quita y pueda cobrar toda su deuda de forma inmediata más intereses. Entiendo que el juez se dará cuenta de la barbaridad que ha hecho y rectifique en las aclaraciones que le ha pedido Abengoa, en todo caso, Abengoa puede recurrir al Tribunal Supremo y éste debería anular las impunaciones por indefensión al no permitirsele recurrir el fallo sobre las impugnaciones. El lado positivo es que la deuda vieja es de 2.570 millones de euros y si ésta aumenta hasta 2.700 millones, la quita que se aplicaría a los acreedores sería del 80% en vez del 70%, estamos hablando de unos 900 millones más de quita que compensaría los 216 millones de deuda que reclaman los impugnantes en caso de que se ejecutaran los avales. http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/8366314/05/17/Los-acreedores-de-Abengoa-esquivan-una-quita-del-10.html%3Cbr%3E    
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Ccc333 29/09/17 17:51
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Conclusión: La deuda de Abengoa se incrementa en sólo 20 millones de euros. Ahora sólo hay que esperar a que el juzgado lo aclare, aunque a mi entender no es necesario por lo de evidente que resulta. Si no fuera como yo digo, sólo 20 millones de más de deuda, la sentencia ya especificaría la nueva deuda a devolver, aclarando si son 72, 100 o 216 millones como dicen algunos periódicos. Es decir, la sentencia dice que un 97% de quita es injusto para los que no firmaron el acuerdo cuando el 95% de acreedores que sí firmaron tuvieron una quita del 70%, pues es evidente que lo que tiene que hacer Abengoa es recalcular la nueva deuda que aparece, que según mis cálculos es de 20 millones de euros.
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Ccc333 29/09/17 17:27
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http://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/empresas/Abengoa-encara-factura-millones-judicial_0_1066994786.html "Fuentes de Abengoa consultadas por este diario sostienen que el pago será muy inferior, entre los 20 y los 100 millones de euros" LA deuda nominal impugnada, es decir, deuda sin añadir intereses o aplicar quitas, es de 72 millones de euros, según Abengoa que es quien mejor sabe las deudas que tiene. La sentencia de la impugnación del acuerdo de homologación de la refinanciación, argumenta que un 97% de quita es desproporcionada para los que no firmaron el acuerdo, cuando los demás acreedores que firmaron el acuerdo sufrieron sólo una quita del 70%, por lo que esa es la quita que sufrirá la deuda de los impugnantes al acuerdo, porque si no se les aplica ninguna quita y se les paga el 100% de su deuda más intereses, entonces quienes estarán sufriendo una quita desproporcionada serían los acreedores que firmaron el acuerdo. Si a la deuda impugnada de 72 millones se le aplica una quita del 70% en vez del 97%, el incremento de deuda es de sólo 20 millones de euros, que coincide con lo que dice la empresa ("Fuentes de Abengoa consultadas por este diario sostienen que el pago será muy inferior, entre los 20 y los 100 millones de euros"), es decir, la deuda de Abengoa se incrementa en 20 millones si a los impugnantes se les aplica una quita del 70% en vez del 97%, y 100 millones si hay que pagar los 72 millones sin ninguna quita más intereses.
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Ccc333 29/09/17 09:16
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Muy poca gente se esperaba que los impugnantes ganaran (excepto yotrader), y como ha ocurrido, todo el mundo se ha quedado fuera de juego y con la boca abierta sin saber que pensar y hacer. Incluso Abengoa ha tenido que pedir explicaciones al juez, y te puedo asegurar que pedir explicaciones a un juez no es muy normal, porque las sentencias están muy claras, y en la de Abengoa lo único que dice el juez es que la quita del 97% es ilegal, es decir, que hay que aplicar la del 70%. El problema es que ¿a quien se le ocurre escribir una sentencia con 161 páginas??????? No se las va a leer nadie..... Y como los periodistas tienen que decir algo, pues escriben lo primero que se les ocurre... Y la lian bien liada porque dicen tonterias, entonces la gente se asusta al leer que Abengoa está a punto de entrar en un concurso de acreedores y liquidarse y venden a cualquier precio, por eso las acciones de Abengoa están bajando... Los miedosos venden y los valientes compran. Hay un dicho en bolsa que dice que la bolsa es la transferencia de dinero de los impacientes a los pacientes.-
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Ccc333 29/09/17 08:50
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
http://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/empresas/Abengoa-quita-impuesta-acreedores-no-precisa_0_1067294672.html El juez de Abengoa dice que la quita a los acreedores del 97% “no era precisa (necesaria)” Si el acuerdo de refinanciación cumple los requisitos y existe una mayoría de más del 60% de los acreedores que lo secundan, el acuerdo de refinanciación que asumen los que se adhieren a los mismos se extiende a los que no lo han firmado. “En Abengoa esa discriminación entre el 97% de quita que se aplica a los que no lo han firmado y el 70% a los que no lo firman no es ya un problema de sacrificio desproporcionado, es que es contrario a la misma disposición adicional cuarta, al imponer distintos porcentajes de quita”, señala Zamora, que ha representado a bonistas que impugnaron el acuerdo.  Comentario: Esta noticia deja más claro que lo único que van a conseguir los impugnantes del acuerdo de homologación de la refinanciación es que se les aplique una quita del 70% en vez del 97%, nada más. Para Abengoa sólo representa 20 millones de euros más de deuda. El problema es que los periodistas no se leen las sentencias, sobre todo si tienen 161 páginas como la de Abengoa, y  como de leyes no entienden nada escriben tonterías que confunden a la gente. La explicación de que el juez no especifique cantidades ni quien debe pagar a los impugnantes es muy sencillo: simplemente hay que aplicar una quita del 70% en vez del 97% y nada más, igual como se ha hecho con el resto de acreedores.  
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